Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2018 (14/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de octubre de 2018 /

El Peruano

Modifican permiso de operación de aviación comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo de Trans American Airlines S.A. - Taca Perú, a fin de consignar nueva denominación social de la empresa: Avianca Perú S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 709-2018-MTC/12 Lima, 15 de agosto del 2018 Vista la solicitud de la compañía TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ (Hoy AVIANCA PERÚ S.A.), sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 339-2016MTC/12 del 14 de julio del 2016 se otorgó a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. ­ TACA PERÚ la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 18 de julio del 2016 vigente hasta el 18 de julio del 2020; Que, dicha resolución fue modificada a través de la Resolución Nº 128-2017-MTC/12 del 02 de marzo del 2017 en el sentido de incrementar rutas y frecuencias; Que, con documento de Registro Nº E-177697-2018 del 02 de julio de 2018, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ comunica el cambio de su denominación social a AVIANCA PERÚ S.A. y solicita la modificación del referido Permiso de Operación en ese sentido; habiendo presentado copia simple de la escritura pública y del asiento registral en el que consta dicho cambio; Que, según establece el numeral 6.5 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1310 que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, en los casos de cambio de denominación social, los registros, certificados, permisos, licencias y autorizaciones se mantienen vigentes y las entidades correspondientes de la administración pública realizan los cambios en sus propios registros por el sólo mérito de la presentación de copia simple de la escritura pública de modificación de estatutos y declaración jurada; Que, de acuerdo al literal g) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación; Que, en cumplimiento de los citados dispositivos y habiendo quedado acreditado el cambio de denominación social de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ con la documentación presentada, corresponde que la Dirección General de Aeronáutica Civil modifique el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo otorgado a la empresa, a fin de consignar la nueva denominación social; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, el Decreto Legislativo Nº 1310, demás disposiciones legales vigentes y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ, renovado mediante Resolución Directoral Nº 339-2016-MTC/12 del 14 de julio de 2016, modificada con Resolución Directoral Nº 1282017-MTC/12 del 02 de marzo de 2017 por las razones expuestas en la parte considerativa, a fin de consignar la nueva denominación social de la empresa: AVIANCA PERÚ S.A.

Artículo 2.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 339-2016-MTC/12 del 14 de julio de 2016, modificada con Resolución Directoral Nº 128-2017MTC/12 del 02 de marzo de 2017 se mantienen sin variación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1690632-1

Otorgan a la empresa La Primera Línea Aérea Nacional S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 747-2018-MTC/12 Lima, 28 de agosto del 2018 Vista la solicitud de la empresa LA PRIMERA LÍNEA AÉREA NACIONAL S.A.C., sobre otorgamiento del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº T-1593242018 del 11 de junio del 2018 y Documento de Registro Nº E-191484-2018 del 13 de julio del 2018 la empresa LA PRIMERA LÍNEA AÉREA NACIONAL S.A.C. solicitó el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Memorando Nº 9752018-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 882-2018-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 104-2018-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informes Nº 153-2018-MTC/12.07. AUT y Nº 164-2018-MTC/12.07.AUT emitidos por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 819-2018-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes;

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