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53 NORMAS LEGALES Domingo 14 de octubre de 2018 El Peruano / precedente, señala que los viáticos se otorgan por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, del mismo modo, la Directiva N° 007-2018-CG/FI “Normas para el Requerimiento, Otorgamiento, y Rendición de Viáticos, Pasajes y otras Asignaciones Económicas por Comisión de Servicios para la Contraloría General de la República, regula todo requerimiento y otorgamiento de viáticos, entre otros, por concepto de comisión de servicios, dentro y fuera del territorio nacional, disposiciones que sirve de base para el cálculo de la asignación de viáticos de la comisión de servicios que amerita la presente Resolución; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios por concepto de pasajes aéreos y alojamiento, son asumidos por el Banco Mundial, conforme se desprende de la Carta s/n de fecha 18 de julio de 2018, mientras que los otros gastos por conceptos de viáticos que no se encuentran cubiertos, así como aquellos correspondientes a gastos de instalación y traslado, serán fi nanciados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme a lo señalado por la Gerencia de Administración mediante Memorando N° 00637-2018-CG/GAD y la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales en los memorandos N°s 00429 y 00430-2018-CG/CREI; En uso de las facultades conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias; Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución de Contraloría N° 475-2018-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Encargar al Vicecontralor de Integridad, señor Humberto Bernardo Ramírez Trucios, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 20 de octubre de 2018 y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados parcialmente con recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según el detalle siguiente: viáticos US$ 1,944.00 (06 días), y gastos de instalación y traslados US$ 1,080.00 (02 días). Artículo 3.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO RAMÍREZ TRUCIOS Vicecontralor de IntegridadContralor General de la República (e) 1701911-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de título profesional de ingeniero mecánico otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0783 Lima, 15 de mayo de 2018Visto el Expediente STDUNI Nº 2018-36450 presentado por el señor MARIO GUILLERMO CABELLOS CORNEJO quien solicita duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero Mecánico; CONSIDERANDO:Que, el señor MARIO GUILLERMO CABELLOS CORNEJO, identi fi cado con DNI Nº 09954777 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Título Profesional de Arquitecto, por deterioro de dicho diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 120-2018-UNI/SG/GT de fecha 05.04.2018, precisa que el diploma del señor MARIO GUILLERMO CABELLOS CORNEJO se encuentra registrado en el Libro de Registro de Títulos Profesionales Nº 16, página 307, con el número de registro 21392; Que, el Presidente de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante el documento del visto informa que en Sesión Nº 11-2018, realizada el 23 de abril de 2018, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Mecánico al señor MARIO GUILLERMO CABELLOS CORNEJO; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 06 de fecha 09 de mayo del 2018, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Título Profesional de Ingeniero Mecánico, por deterioro al siguiente egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente: Nº Apellidos y Nombres DeFecha de Otorgamiento del Diploma 1CABELLOS CORNEJO, Mario GuillermoIngeniero Mecánico17.11.2006 Regístrese, comuníquese y archívese. GILBERTO BECERRA AREVALO Rector (e) 1701395-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Pucará, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 1221-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018020134 PUCARÁ - JAÉN - CAJAMARCAJEE JAÉN (ERM.2018004449)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintisiete de julio de dos mil dieciocho.