Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2018 (20/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 20 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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DECRETA: Artículo 1.- De la modificación del TUPA Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, de acuerdo con el detalle contenido en los anexos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- De la incorporación de procedimiento administrativo Incorpórese el Procedimiento Administrativo Nº 69-A "Inclusión, exclusión o reinscripción en el Registro de Exportadores de Servicios" al Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, según el detalle de dicho procedimiento contenido en los anexos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, los anexos del presente Decreto Supremo son publicados en el Portal del Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT (www.sunat.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Los procedimientos administrativos iniciados antes de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo se rigen por el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 412-2017-EF y sus modificatorias; salvo que en los procedimientos administrativos modificados en el artículo 1 del presente dispositivo se establezcan mayores plazos o menores requisitos, a favor del administrado, en cuyo caso será de aplicación este último. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1704368-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 235-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, mediante Ley Nº 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por Contrataciones del pliego Ministerio de Defensa, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, a través de la Dirección

Nacional del Tesoro Público (hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público), emita Documentos Cancelatorios - Tesoro Público a favor del pliego Ministerio de Defensa, para el pago de la deuda tributaria por concepto de Impuesto General a las Ventas, derivada de las contrataciones por operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país, así como por operaciones de adquisición local de bienes o servicios, asimismo, para el pago del Impuesto a la Renta que como agente de retención le corresponda abonar al fisco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público emitidos al amparo de la referida Ley N° 29266, son financiados con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia hasta por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 54 000 000,00), los cuales, para efectos de lo establecido en la citada disposición, se transfieren al pliego Ministerio de Defensa mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, hasta por el monto que sea requerido en dicho periodo, sin exceder el límite establecido en el artículo 3 de la Ley N° 29266, y se incorporan en el presupuesto institucional del mencionado pliego en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Oficio N° 1152-2018-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa requiere para el presente año, ejecutar Documentos Cancelatorios - Tesoro Público en el Presupuesto Institucional 2018 del pliego Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 54 000 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES), que se destinarán a financiar el pago del Impuesto General a las Ventas hasta por la suma de S/ 24 416 592,00 (VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) y el pago del Impuesto a la Renta hasta por la suma de S/ 29 583 408,00 (VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES), derivado de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcados dentro de los alcances de la Ley N° 29266, señalando que la solicitud no excede los montos máximos autorizados en el artículo 3 de la referida Ley N° 29266; Que, el requerimiento efectuado por el pliego 026: Ministerio de Defensa se atenderá en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, por lo que resulta necesario, autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de S/ 54 000 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES), destinados a atender las obligaciones tributarias generadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcados dentro de los alcances de la Ley N° 29266; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa; la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma total de S/ 54 000 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para ser destinados a atender las obligaciones tributarias derivadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcadas dentro de los alcances de la Ley Nº 29266, con cargo a los recursos establecidos en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693,de acuerdo al siguiente detalle:

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