Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2018 (20/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 20 de octubre de 2018 /

El Peruano

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1703557-1

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor ÁLVARO EDUARDO VIDAL BERMÚDEZ, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 29 de octubre al 09 de noviembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo US$ 1,807.33 Viáticos por día US$ 540 Nº de días 10 Total viáticos US$ 5,400.00

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de funcionario a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2018-TR Lima, 19 de octubre de 2018 VISTOS: La Carta S/N de fecha 10 de agosto de 2018 del Director General de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT, el Oficio RE (DAS) Nº 2-11-B/144 de la Directora para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Oficio N° 947-2018-MTPE/4/10 e Informe Nº 74-2018-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Oficio N° 7312018-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, el Oficio N° 972-2018-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 2597-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de vistos, el Director General de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT, comunica que la 334º reunión del Consejo de Administración se celebrará del 29 de octubre al 08 de noviembre de 2018, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; por lo que solicita se confirme la participación de nuestro país en dicha reunión; Que, asimismo, mediante Oficio RE (DAS) Nº 2-11B/144 la Directora para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, pone a conocimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la convocatoria realizada por el Director General de la OIT para que el Perú participe en su calidad de Estado miembro en la reunión señalada precedentemente; Que, a través de documentos de vistos, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que la participación sectorial en la mencionada reunión es relevante para los objetivos y metas institucionales, toda vez que nuestro país preside el Consejo de Administración de la OIT; para cuyo efecto, resulta necesario autorizar el viaje del señor Álvaro Eduardo Vidal Bermúdez, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, la Oficina General de Administración mediante documento de vistos, remite las certificaciones presupuestales por concepto de viáticos (Nota Nº 3014) y pasajes (Nota Nº 2733), adjuntando el cuadro resumen correspondiente; Con las visaciones del Viceministerio de Trabajo, y de las Oficinas Generales de Cooperación y Asuntos Internacionales, y de Asesoría Jurídica; y,

Nombres y Apellidos Álvaro Eduardo Vidal Bermúdez

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Despacho Ministerial, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1704274-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Reino de los Países Bajos y EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 802-2018-MTC/01.02 Lima, 17 de octubre de 2018 VISTOS: La Comunicación STAR UP-JIP-Nº 22818 recibida el 13 de setiembre de 2018, de la empresa STAR UP S.A., el Informe Nº 501-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 548-2018MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores

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