Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2018 (20/10/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 26
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NORMAS LEGALES
Sábado 20 de octubre de 2018 /
El Peruano
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1703557-1
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor ÁLVARO EDUARDO VIDAL BERMÚDEZ, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 29 de octubre al 09 de noviembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo US$ 1,807.33 Viáticos por día US$ 540 Nº de días 10 Total viáticos US$ 5,400.00
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de funcionario a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2018-TR Lima, 19 de octubre de 2018 VISTOS: La Carta S/N de fecha 10 de agosto de 2018 del Director General de la Organización Internacional del Trabajo OIT, el Oficio RE (DAS) Nº 2-11-B/144 de la Directora para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Oficio N° 947-2018-MTPE/4/10 e Informe Nº 74-2018-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Oficio N° 7312018-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, el Oficio N° 972-2018-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 2597-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de vistos, el Director General de la Organización Internacional del Trabajo OIT, comunica que la 334º reunión del Consejo de Administración se celebrará del 29 de octubre al 08 de noviembre de 2018, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; por lo que solicita se confirme la participación de nuestro país en dicha reunión; Que, asimismo, mediante Oficio RE (DAS) Nº 2-11B/144 la Directora para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, pone a conocimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la convocatoria realizada por el Director General de la OIT para que el Perú participe en su calidad de Estado miembro en la reunión señalada precedentemente; Que, a través de documentos de vistos, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que la participación sectorial en la mencionada reunión es relevante para los objetivos y metas institucionales, toda vez que nuestro país preside el Consejo de Administración de la OIT; para cuyo efecto, resulta necesario autorizar el viaje del señor Álvaro Eduardo Vidal Bermúdez, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, la Oficina General de Administración mediante documento de vistos, remite las certificaciones presupuestales por concepto de viáticos (Nota Nº 3014) y pasajes (Nota Nº 2733), adjuntando el cuadro resumen correspondiente; Con las visaciones del Viceministerio de Trabajo, y de las Oficinas Generales de Cooperación y Asuntos Internacionales, y de Asesoría Jurídica; y,
Nombres y Apellidos Álvaro Eduardo Vidal Bermúdez
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Despacho Ministerial, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1704274-1
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Reino de los Países Bajos y EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 802-2018-MTC/01.02 Lima, 17 de octubre de 2018 VISTOS: La Comunicación STAR UP-JIP-Nº 22818 recibida el 13 de setiembre de 2018, de la empresa STAR UP S.A., el Informe Nº 501-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 548-2018MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores