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31 NORMAS LEGALES Sábado 20 de octubre de 2018 El Peruano / FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 798-2018 MTC/01 A solicitud del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 798-2018 MTC/01, publicada en la edición del 18 de octubre de 2018. DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 798-2018 MTC/01 Lima, 17 de octubre de 2001 DEBE DECIR: RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 798-2018 MTC/01 Lima, 17 de octubre de 2018 1704364-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Directora de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 352-2018-VIVIENDA Lima, 19 de octubre del 2018CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora María Antonieta Del Castillo Gutiérrez, en el cargo de Directora de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1704153-1ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Modifican denominación del Anexo A de la R.D. N° 171-2017-COFOPRI/DE por el de “Título de Propiedad Registrado. Programas de Adjudicación de Lotes - Lotes no adjudicados”, y su tercera cláusula RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 144-2018-COFOPRI/DE Lima, 19 de octubre de 2018VISTOS, el Informe Nº 087-2018-COFOPRI/ DND del 02 de octubre de 2018, emitido por la Dirección de Normalización y Desarrollo; el Informe Nº 0081-2018-COFOPRI/DFIND del 10 de octubre de 2018, emitido por la Dirección de Formalización Individual; así como, el Informe Nº 497-2018-COFOPRI/OAJ del 12 de octubre de 2018, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en adelante COFOPRI; conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, con Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI como instrumento de gestión institucional que organiza la estructura orgánica de la Entidad, conteniendo las funciones generales de ésta y las especí fi cas de cada uno de sus Órganos y Unidades Orgánicas, y que establece en su artículo 9 y el literal f) del artículo 10 que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de COFOPRI, quien tiene la función de emitir resoluciones administrativas de su competencia; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1202 se modi fi ca el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, y se dictan medidas complementarias en materia de acceso a la propiedad formal, con el objeto de implementar la adjudicación de tierras del Estado con fi nes de vivienda a través de los Programas de Adjudicación de Lotes de Vivienda (PAL) a cargo de COFOPRI; Que, a través del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de los Programas de Adjudicación de Lotes con fi nes de vivienda, a que se re fi ere el Título III del Decreto Legislativo Nº 803, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1202 y sus medidas complementarias; Que, en virtud de la Resolución Directoral Nº 171-2017-COFOPRI/DE del 22 de diciembre de 2017, se aprobó el “Instrumento de Transferencia Registrado. Programas de Adjudicación de Lotes – Lotes no Adjudicados”; Que, posteriormente, con Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA, se modi fi có el Reglamento de los Programas de Adjudicación de Lotes con fi nes de vivienda; el cual establece entre otras modi fi caciones, respecto de la Primera Disposición Complementaria Final, referida al Tratamiento de Lotes no adjudicados, en la cual prevé que COFOPRI emite títulos de propiedad gratuitos a la municipalidad provincial de la respectiva jurisdicción, respecto de los lotes que no hayan sido adjudicados debido a los casos señalados en dicho Reglamento;