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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (30/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 / El Peruano de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del Bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modi fi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1707411-2 ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL AREA DE UN INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “RED VIAL N° 5: TRAMO ANCON - HUACHO - PATIVILCA DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) CÓDIGO: RV5-3554AREA AFECTADA: 267.04 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:NORTE: Con propiedad de terceros, con línea recta de (01) tramo: D-E (11.77 m).SUR: Con UC 03556, con línea quebrada de (03) tramos H-I (2.22 m), I-J (4.82 m), J-A (5.18 m).ESTE: Con UC 032593, con línea quebrada de (03) tramos E-F (14.46 m), F-G (5.74 m), G-H (8.62m).OESTE: Con el remanente del mismo predio UC 03554, con línea quebrada de (03) tramos A-B (25.54 m), B-C (4.78 m), C-D (4.02 m).COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VER- TICESLADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 25,54 199 843,9019 8 810 920,1006 B B-C 4,78 199 828,9200 8 810 940,7800 MINISTERIO DE SATURNINA C C-D 4,02 199 824,2251 8 810 941,6843 1 TRANSPORTES Y TELLO DE D D-E 11,77 199 821,7522 8 810 944,8487 COMUNICACIONES- JARA E E-F 14,46 199 827,5111 8 810 955,1176 8 278,24 PROVIAS NACIONAL PARTIDA REGISTRAL N° P18021213 de la O fi cina Registral de Barranca, Zona Registral N° IX - Sede Lima.F F-G 5,74 199 836,1068 8 810 943,4949 G G-H 8,62 199 839,5185 8 810 938,8820 H H-I 2,22 199 844,6463 8 810 931,9487 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido con fecha 11.10.2017 (Informe Tecnico N° 22430-2017-SUNARP-Z.R.N.IX/OC), por la O fi cina Registral de Barranca, Zona Registral N° IX - Sede Lima.I I-J 4,82 199 845,3613 8 810 929,8477 J J-A 5,18 199 845,5065 8 810 925,0280 CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido con fecha 03.04.2018, por la O fi cina Registral de Barranca, Zona Registral N° IX - Sede Lima. Aprueban valor total de la tasación de área de inmueble afectado por ejecución de la obra: Aeropuerto “Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias”, ubicado en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 847-2018 3MTC/01.02 Lima 29 de octubre de 2018Visto: El Memorándum N° 1319-2018-MTC/10.05 del 29 de octubre de 2018, de la O ficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi ficatorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, de fine a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene ficiario como resultado del trato directo; Que, asimismo el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fine al Bene ficiario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene ficiario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, del mismo modo los numerales 4.10 y 4.11 del artículo 4 de la Ley, de finen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el artículo 19 de la Ley, establece que la Adquisición de inmuebles necesarios para la ejecución de Obras de Infraestructura se realizará por trato directo entre el Sujeto Activo y Sujeto Pasivo, en forma previa o