NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (09/09/2018)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Domingo 9 de setiembre de 2018 / El Peruano en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las áreas del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto a las áreas del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEX O VALOR DE LA TASACIÓN DE LAS ÁREAS DEL INMUEBLE AFECTADO POR EL DERECHO DE VIA DEL PROYECTO RED VIAL N° 5: TRAMO ANCON - HUACHO - PATIVILCA DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIO- NES - PROVIAS NACIONALCompañía Lotizadora La Esperanza S.A.CÓDIGO: RV05-ANCPAT-LP-01AREA AFECTADA: 803.12 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 201,583.12 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA N° 1: • Por el frente: Con calle S/N y sub-lote 7A, con línea de (01) tramo, A-B (7.89 m).• Por el lado derecho: Con área liberada por el MTC, con línea quebrada de (03) tramos C-D(1.77 m), D-E (9.84 m) y E-A (10.05 m).• Por el lado izquierdo: Con lote N° 06, con línea recta de (01) tramo, B-C (20.30 m).• Por el fondo: Con área liberada por el MTC, con vertice N° "C". LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA N° 2: • Por el frente: Con área liberada por el MTC, con línea quebrada de (04) tramos, A-B (47.11 m), B-C (16.90 m), C-D (9.61 m) y D-E (3.80 m).• Por el lado derecho: Con área liberada por el MTC, con vertice "A".• Por el lado izquierdo: Con lote N° 06, con línea recta de (01) tramo, E-F (30.80 m).• Por el fondo: Con área remanente, con línea quebrada de (07) tramos, F-G (7.93 m), G-H (11.32 m), H-I (8.94 m), I-J (9.37 m), J-K (9.36 m), K-L (7.08 m) y L-A (4.52 m).COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA N° 1 VER- TICESLADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 7.89 216786.3544 8769904.9653 B B-C 20.30 216794.1854 8769905.9322 C C-D 1.77 216796.1913 8769885.7360D D-E 9.84 216795.7475 8769887.4534 E E-A 10.05 216791.5076 8769896.3374 ÁREA AFECTADA N° 2 VER- TICESLADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 47.11 216754.4554 8769807.8784 B B-C 16.90 216786.5816 8769842.3353 C C-D 9.61 216794.7516 8769857.1310 PARTIDA REGISTRAL: N° 08001367 de la O fi cina Registral de Huacho, Zona Registral N° IX, Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 24.10.2016 (Informe Técnico N° 23769-2016-SUNARP-Z.R.N° IX-OC), expedido por la O fi cina Registral de Huacho, Zona Registral N° IX - Sede Lima. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido con fecha 07.03.2018, por la O fi cina Registral Huacho, Zona Registral N° IX - Sede Lima.D D-E 3.80 216797.2698 8769866.4046 E E-F 30.80 216797.7371 8769870.1723 F F-G 7.93 216800.7817 8769.839.5184 G G-H 11.32 216796.7208 8769832.7038 H H-I 8.94 216789.5589 8769823.9437 I I-J 9.37 216782.0549 8769819.0774 J J-K 9.36 216774.3955 8769813.6818 K K-L 7.08 216765.8563 8769809.8421 L L-A 4.52 216758.9609 8769808.2464 1689297-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 699-2018 MTC/01.02 Lima, 6 de setiembre de 2018Visto: El Memorándum N° 2412-2018-MTC/20 del 16 de agosto de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Carretera Longitudinal de la Sierra: Chiple - Cutervo - Cochabamba - Chota - Bambamarca - Hualgayoc - Desvío Yanacocha, Cajabamba - Sausacocha, Huamachuco - Shorey - Santiago de Chuco - Pallasca - Cabana - Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca - La Unión - Huánuco, Izcuchaca - Mayocc - Huanta Ayacucho - Andahuaylas – Abancay, y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n;