Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Jueves 20 de setiembre de 2018 /

El Peruano

del Perú, así como sus actividades, eventos conexos y demás reuniones que correspondan. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1693569-3

Que, la Feria "EXPOALIMENTARIA", se realiza en Lima desde el 2009, y presenta una completa exhibición de productos agrícolas, agroindustriales, pesqueros, maquinarias, equipos, servicios, envases y embalajes para la industria, entre otros; Que, la referida Feria ha adquirido una mayor importancia con el transcurrir de los años, siendo que para su edición en el 2017, registró una asistencia de 156 expositores provenientes de 21 países, 2,153 compradores internacionales y 3,577 visitantes internacionales provenientes de América del Sur, América del Norte y Europa; Que, en ese sentido, la Feria EXPOALIMENTARIA se ha convertido en una plataforma de negocios especializada, que contribuye a la promoción y posicionamiento de la oferta exportable peruana de bienes y servicios en los mercados internacionales, así como, indirectamente, a la generación de empleos, motivo por el cual es considerada como un referente en el calendario alimenticio, para los inversionistas y compradores de los grandes mercados; Que, dada la importancia de la Feria EXPOALIMENTARIA, así como de sus actividades, eventos conexos y demás reuniones que correspondan, y con el fin de asegurar las condiciones necesarias para el óptimo desarrollo de la misma, el Estado peruano, debe facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes y bienes, incluidos los bienes para consumo, en el marco de lo previsto en la Ley N° 29963 ­ Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, la cual exige que el referido evento sea declarado como tal por el Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, la realización de la Feria EXPOALIMENTARIA se encuentra a cargo de la Asociación de Exportadores del Perú ­ ADEX, en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, el Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; Que, en virtud de lo previamente expuesto, resulta prioritario declarar de interés nacional la realización de la Feria EXPOALIMENTARIA a realizarse del 26 al 28 de setiembre del 2018, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el MINCETUR define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior. Asimismo, de conformidad con el literal b) del artículo 4 de la citada Ley, son objetivos del MINCETUR obtener las mejores condiciones de acceso y competencia para una adecuada inserción del país en los mercados internacionales; Que, asimismo, el referido evento se enmarca dentro de lo dispuesto en la Línea de Acción 1.5 del Pilar 1, correspondiente al Objetivo Estratégico 1 y en la Línea de Acción 2.2 del Pilar 2, correspondiente al Objetivo Estratégico 2 del Plan Estratégico Nacional Exportador ­ PENX 2025 aprobado mediante Resolución Ministerial N° 377-2015-MINCETUR, las cuales se encuentran referidas a la consolidación de la presencia y promoción comercial del Perú en el Exterior y la diversificación de la oferta exportable; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional la realización de la Feria EXPOALIMENTARIA a llevarse a cabo del 26 al 28 de setiembre de 2018 en la ciudad de Lima, República

CULTURA
Autorizan viaje de profesionales del IRTP a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2018-MC Lima, 19 de setiembre de 2018 VISTO; el Oficio N° 060-2018-PE/IRTP de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante Decreto Supremo N° 0612016-PCM; cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante el documento del visto, el IRTP solicita se autorice el viaje de los señores Héctor Alexander Vigo Terán, del 22 al 29 de setiembre de 2018, y Raúl Cachay Carpio, del 23 al 29 de setiembre de 2018, profesionales de la Gerencia de Prensa, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos Americanos, y a la ciudad de Ottawa, Canadá; para cubrir las incidencias informativas de la participación del Presidente de la República, señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, en el Septuagésimo Tercer Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y para sostener una reunión de trabajo con el Primer Ministro de Canadá, Justin Trudeau, respectivamente; Que, a través del Informe N° 328-2018-OGAL-IRTP de fecha 17 de setiembre de 2018, la Oficina de Asesoría Legal del IRTP precisa que el señor Raúl Cachay Carpio realizará la comisión del servicios del 23 al 29 de setiembre de 2018, dado que será trasladado en el avión presidencial; sin embargo, el señor Héctor Alexander Vigo Terán viajará en vuelo comercial, por lo que su viaje se efectuará del 22 al 29 de setiembre de 2018; Que, por la consideración expuesta, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los mencionados profesionales de la Gerencia de Prensa del IRTP, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y a la ciudad de Ottawa, Canadá; cuyos gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, en lo que corresponda, serán asumidos con cargo al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP;

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