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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (20/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 20 de setiembre de 2018 / El Peruano de la Producción, el cual fue modi fi cado por Resolución Ministerial N° 054-2018-PRODUCE; Que, es necesario dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales citadas en el considerando precedente y conformar el mencionado Comité; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; La Ley N° 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales y sus Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2014-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformar el Comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada, constituido por el Decreto Supremo N° 001-2014-JUS, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, el cual está integrado de la siguiente manera: a) El/La Director/a General de la O fi cina General de Administración, quien lo preside; b) El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; c) El/La Procurador/a Público/a del Ministerio de la Producción; d) El/La representante de la Secretaría General;e) El/La representante del Titular del Pliego. Artículo 2.- Los representantes señalados en los literales d) y e) del artículo precedente son designados mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Comité, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N°s 443-2017-PRODUCE y 054-2018- PRODUCE. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1693564-1 Designan Director de la Dirección de Extracción para Consumo Humano Directo e Indirecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 406-2018-PRODUCE Lima, 19 de setiembre de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 216-2017-PRODUCE, se designa al señor Ronaldo Octavio Gallo Gallo en el cargo de Director de la Dirección de Extracción para Consumo Humano Directo e Indirecto de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, reservándose la plaza de carrera de la cual es titular, a la que retornará al concluir la citada designación; Que, el señor Ronaldo Octavio Gallo Gallo ha formulado renuncia al cargo citado en el considerando precedente, siendo necesario aceptarla y designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Ronaldo Octavio Gallo Gallo al cargo de Director de la Dirección de Extracción para Consumo Humano Directo e Indirecto de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, quien retorna a su plaza de origen, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Noe Augusto Balbín Inga en el cargo de Director de la Dirección de Extracción para Consumo Humano Directo e Indirecto de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1693564-2 Autorizan transferencia de recursos financieros del Ministerio a favor del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), para la ejecución de proyecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 407 -2018-PRODUCE Lima, 19 de setiembre de 2018VISTOS; el O fi cio N° 17-2018-ITP/DE del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), los Memorandos Nos. 421 y 1123-2018-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 069-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, los Informes Nos. 34 y 161-2018-PRODUCE/OGPPM-OPMI de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones, los Memorandos Nos. 912 y 1032-2018-PRODUCE/OGA de la O fi cina General de Administración, y el Memorando N° 1736-2018-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, establece que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, destinará de sus recursos propios y para fi nes de investigación cientí fi ca, tecnológica y capacitación, un porcentaje de los derechos que graven el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y licencias; Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2008-PRODUCE, en adelante el Reglamento, dispone que el Ministerio de la Producción – PRODUCE, destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos con fi nes de investigación cientí fi ca, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola, un porcentaje del total de los derechos que recaude por concepto de concesiones y permisos de pesca que incluye hasta el 25% del total de los recursos que se recauden por derechos de permisos de pesca para el consumo humano indirecto, y que las