Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 20 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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institucional del Minedu"; así como, las actividades "Presentación de reclamos, ante mesa de partes de las UGEL, sobre los resultados preliminares de la evaluación", "Resolución de los reclamos presentados, ingreso de resultados en el aplicativo y emisión de actas de resultados, a través del aplicativo proporcionado por el Minedu" y "Presentación de resultados definitivos de la evaluación de desempeño en el cargo y publicación de la relación de directivos que superaron la evaluación, en el portal institucional del Minedu", del cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II, aprobado con Resolución Ministerial N° 275-2018-MINEDU, y modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 345-2018-MINEDU y N° 480-2018-MINEDU; el mismo que quedará redactado conforme al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1693570-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban actualización del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio para el año 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2018-MEM/DM Lima, 18 de setiembre de 2018 VISTOS: el Informe N° 362-2018-MEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 8652018-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Oficio N° 171-2018/PROINVERSIÓN/DE de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada; Oficio N° 006-2018/MEM-CIE del Comité de Inversiones en Energía; y el Memorando N° 0477-2018/MEM-OGP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y CONSIDERANDO Que, mediante Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, se establece que el Ministerio de Energía y Minas ejerce las funciones rectoras de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; asimismo, le corresponde como competencia específica, promover la inversión sostenible en las actividades del sector; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por el Decreto Supremo N° 254-2017-EF, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, en adelante el Reglamento,

dispone que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es el instrumento de gestión elaborado por los Ministerios, entre otras entidades, y que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociaciones Público Privadas a fin de ser incorporados al proceso de promoción de la inversión privada en los siguientes tres (03) años a su emisión; Que, el numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento señala que la propuesta del referido Informe es realizada por el órgano encargado de planeamiento del Ministerio y que es responsabilidad del Comité de Inversiones su elaboración, así como dar la conformidad a dicha propuesta; Que, asimismo, el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento, señala que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas y sus modificaciones, es aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector y por su parte, el numeral 14.7 del citado Reglamento, establece que la modificación o actualización de este Informe puede realizarse en la oportunidad que lo requiera el Ministerio; Que, mediante Resolución Ministerial N° 008-2016MEM/DM se creó el Comité de Inversiones en Energía del Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia; Que, con fecha 31 de mayo de 2016 se emitió la Resolución Ministerial N° 206-2016-MEM/DM que aprobó el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Energía y Minas correspondiente al año 2016, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de junio de 2016; Que, con fecha 16 de febrero de 2017 se emitió la Resolución Ministerial N° 078-2017-MEM/DM que aprobó el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Energía y Minas correspondiente al año 2017, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de febrero de 2017; Que, mediante Memorando N° 0517-2018/MEM-DGH, la Dirección General de Hidrocarburos solicitó a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, actualizar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas con los proyectos requeridos por la Dirección General de Electricidad; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 14.2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto actualizó y consolidó la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Energía y Minas del año 2018, el cual fue remitido a los miembros del Comité de Inversiones en Energía mediante Memorando N° 0477-2018/MEM-OGP; Que, según el Memorando N° 823-2018/MEM-DGE, de la Dirección General de Electricidad, la propuesta de actualización del Informe Multianual de Inversiones incorpora el proyecto, "Línea de Transmisión 500 kV Subestación Piura Nueva ­ Frontera"; y actualiza los datos del proyecto "Compensador Reactivo Variable (SVC o similar) +400/-100 MVAR en la SE La Planicie 200 kV" por "Compensador Reactivo Variable (SVC o similar) +200/-100 MVAR en SE San Juan"; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 14.6 del Reglamento, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, mediante el Oficio N° 171-2018/PROINVERSIÓN/ DE emitió opinión favorable para el caso de los proyectos "Línea de Transmisión 500 kV Subestación Piura NuevaFrontera"; y "Compensador Reactivo Variable (SVC o similar) +200/-100 MVAR en SE San Juan"; Que, de acuerdo al numeral 14.7 del Reglamento en mención, este Ministerio considera necesario aprobar la actualización del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Energía y Minas para el año 2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto

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