Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

8

NORMAS LEGALES

Jueves 20 de setiembre de 2018 /

El Peruano

derecho de presentar alegaciones; no presentándose alegación alguna; Que, mediante Memorando N° 900089-2018/ DGPI/VMI/MC de fecha 2 de julio de 2018, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas remite el Informe N° 900035-2018/DCP/DGPI/VMI/MC, el mismo que determina que el distrito de Carbayllo se encuentra considerado como una área geográfica sin evidencia de ejercicio de derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, al integrar al área Tipo 1 para el caso de las medidas identificadas por la Dirección de Consulta Previa, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC de fecha 28 de setiembre de 2017; Que, por Informe N° 900227-2018/DGPA/VMPCIC/ MC de fecha 3 de setiembre de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013MC, emite opinión favorable a la declaratoria y delimitación propuesta, elevando el expediente al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que continúe con el trámite que corresponde; Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, corresponde declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico "Geoglifo Gangay 1", ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; así como aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del referido Paisaje Arqueológico, por la importancia y valor que tiene para la identidad nacional, así como para brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible, siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Texto único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0062017-JUS; Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo N° 0032014-MC; y, Resolución Ministerial N° 365-2017-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico "Geoglifo Gangay 1", ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, según los datos señalados en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Paisaje Arqueológico Geoglifo Gangay 1 Lima Lima Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte 282906.8045 8706603.5780

(SINABIP) de ser el caso, la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del paisaje arqueológico, así como el expediente técnico señalado en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje arqueológico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para efectos que el Paisaje Arqueológico "Geoglifo Gangay 1", sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Artículo 6.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y a la Comunidad Campesina de Quipan. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1693089-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 266-2018-MIDIS Lima, 19 de setiembre de 2018 VISTOS: El Oficio Múltiple N° 28-2018-GR.CAJ/GR, del Gobierno Regional de Cajamarca; el Memorando N° 544-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 98-2018-MIDIS/ SG/OGA/OCCP, de la Oficina de Contabilidad y Control Previo; y, el Informe N° 082-2018-MIDIS/SG/OGCAI, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Múltiple N° 28-2018-GR.CAJ/ GR, el Gobierno Regional de Cajamarca cursa invitación a fin de que un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social participe en la IX Reunión del Comité de Frontera Zamora Chinchipe - Cajamarca, a realizarse en la ciudad de Yantzaza, Provincia de Zamora Chinchipe, República del Ecuador, del 20 al 21 de setiembre de 2018; Que, a través del Informe N° 082-2018-MIDIS/SG/ OGCAI, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que el evento tiene como objetivos: (i) evaluar el nivel de implementación de los acuerdos logrados entre actores peruanos y ecuatorianos de la zona de frontera común, definidos en la VII reunión del Comité de Frontera; y, (ii) consensuar la agenda de acciones futuras en los tres grandes ejes de intervención y uno transversal, que el Comité Zamora Chinchipe ­ Cajamarca ha identificado como soporte para el desarrollo, la integración y la cooperación transfronteriza; Que, asimismo señalan que resulta relevante la participación de un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en el referido evento, toda vez que representa una buena oportunidad para identificar, evaluar y diseñar propuestas de intervención del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de

Distrito Carabayllo

Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Paisaje Arqueológico "Geoglifo Gangay 1", ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes:
Nombre del Paisaje Arqueológico Geoglifo Gangay 1 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m)

PP-0140-MC_DGPA/DSFL-2016 WGS84 200,406.60 UB-024-MC_DGPA-DSFL-2018 WGS84

20.0406

1,713.44

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.