Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2018 (21/09/2018)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 8
8
NORMAS LEGALES
Viernes 21 de setiembre de 2018 /
El Peruano
la implementación y ejecución del Programa de Formación en Servicio para Docentes nombrados y contratados del Nivel de Educación Secundaria de las áreas priorizadas de Matemática, Comunicación, Historia, Geografía y Economía; y de Ciencia, Tecnología y Ambiente, a desarrollarse en el año 2018 para el Ítem 14 que abarca la DRE Callao y UGEL Ventanilla de la Región Callao, así como la UGEL 03 Breña de la Región Lima Metropolitana; Que, con fecha 28 de agosto de 2018, se suscribió la Adenda Nº 001 al Convenio Nº 280-2018-MINEDU por la cual entre otros se modifica la Clausula Cuarta del citado Convenio a fin de ampliar el número de Unidades de Gestión Educativa Local que abarcará el Convenio, las cuales pasan a ser la DRE Callao, UGEL Ventanilla de la Región Callao; así como la UGEL 01 San Juan de Miraflores, la UGEL 02 Rímac, la UGEL 03 Breña, la UGEL 04 Comas y la UGEL 07 San Borja de la Región Lima Metropolitana; Que, la Cláusula Sexta: Financiamiento y Rendición de Cuentas del Convenio Nº 280-2018-MINEDU, modificada por la Adenda Nº 001, señala que se transferirá a favor de la UNMSM hasta la suma de S/ 6 400 510,00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) la cual cubrirá los costos administrativos efectivamente realizados por la UNMSM para el cumplimiento del objeto del citado Convenio debidamente sustentados y según el Formato de Presupuesto que como Anexo 12 de los Términos de Referencia forma parte integrante del citado Convenio; asimismo, establece que el monto del financiamiento antes indicado, será transferido a la UNMSM en dos oportunidades, durante el presente año fiscal y conforme a las formalidades previstas en la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018: a) la primera transferencia financiera correspondiente al 80% del monto total del Convenio que asciende a la suma de hasta S/ 5 120 408,00 (CINCO MILLONES CIENTO VEINTE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES) a la suscripción del Acta de Inicio del Programa y b) la segunda transferencia financiera correspondiente al 20% del monto total del Convenio, que asciende a la suma de hasta S/ 1 280 102,00 (UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA MIL CIENTO DOS Y 00/100 SOLES) al culminar la primera semana de iniciada la tercera unidad modular del Programa de Formación en Servicio para Docentes del nivel de Educación Secundaria a Desarrollarse en el año 2018; Que, mediante Memorándum Nº 543-2018-MINEDU/ VMGP/DIGEDD-DIFODS e Informe Nº 534-2018-MINEDU/ VMGP-DIGEDD- DIFODS, la Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta y solicita se realice la primera transferencia financiera a la que se hace referencia en el considerando precedente en virtud de la suscripción del Acta de Inicio del Programa; Que, a través del Informe Nº 713-2018-MINEDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la UNMSM, hasta por la suma de S/ 5 120 408,00 (CINCO MILLONES CIENTO VEINTE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera por la suma de S/ 5 120 408,00 (CINCO MILLONES CIENTO VEINTE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES); Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección de Formación Docente en Servicio y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Directiva Nº 0052010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 5 120 408,00 (CINCO MILLONES CIENTO VEINTE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 510: U.N. Mayor de San Marcos, para financiar la Primera Transferencia en el marco del Convenio Nº 280-2018-MINEDU Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNMSM para la Ejecución e Implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del nivel de Educación Secundaria a Desarrollarse en el año 2018 y la Adenda Nº 001. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para los cuales se realiza la presente transferencia en el marco de lo dispuesto en el Convenio Nº 280-2018-MINEDU y la Adenda Nº 001. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que corresponden. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1694035-1
ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión definitiva a Cal & Cemento Sur S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 352-2018-MEM/DM Lima, 13 de setiembre de 2018 VISTOS: El Expediente N° 14384118 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. 6795 S.E. San José, presentada por Cal & Cemento Sur S.A (en adelante, CALCESUR) y los Informes N° 260-2018-MEM/ DGE-DCE y N° 824-2018-MEM/OGJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro N° 2780964, de fecha 25 de enero de 2018, CALCESUR solicita a la Dirección General de Electricidad la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. 6795 S.E. San José, ubicada en los distritos de Yarabamba y La Joya, provincia y departamento de Arequipa; Que, mediante Resolución Directoral N° 168-2017PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, de fecha 19 de mayo