Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2018 (21/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 21 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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día 28 de setiembre, se reunirá con el Director Regional para América Latina y el Caribe del Programa de Naciones Unidas (PNUD - Sede del Bureau Regional), con la finalidad de abordar los temas de igualdad de género en materia laboral, planes de empleo juvenil, migración laboral y diálogo democrático (reconciliación y sindicatos); Que, la Oficina General de Administración mediante documento de vistos, remite las certificaciones presupuestales por concepto de pasajes (Nota Nº 284) y viáticos (Nota Nº 2722), adjuntando el cuadro resumen correspondiente; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, precisan que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se otorgarán por resolución ministerial del respectivo sector; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Cooperación y Asuntos Internacionales y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JUAN CARLOS ORTECHO FERNÁNDEZ, Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 25 al 29 de setiembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje Aéreo US$ 1,768.90 Viáticos por día US$ 440.00 Nº de Total días viáticos 03 1,320.00

VISTOS: El Memorándum Nº 186-2018-MTPE/1 del Despacho Ministerial, la Nota Nº 087-2018-MTPE/4/12 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y el Informe Nº 23942018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, reconoce una serie de principios que orientan la actuación de las entidades del Poder Ejecutivo, entre ellos, el principio de servicio al ciudadano, por el cual se dispone que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad y actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la Nación, asegurando que sus actividades se realicen con eficacia y eficiencia; el principio de inclusión y equidad; y el principio de participación y transparencia; de manera que los ciudadanos tengan acceso a la información, siendo un aspecto clave para ello la planificación estratégica en el ámbito de las tecnologías de la información; Que, el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 2.0, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 066-2011-PCM, establece en su Objetivo 7 "Promover una administración pública de calidad orientada a la población", disponiendo a su vez, en su Estrategia 6, "Adecuar la normatividad necesaria para el despliegue del gobierno electrónico", que permita asegurar una adecuada gestión de las tecnologías digitales, siendo un instrumento para tal fin, la formulación de planes de gobierno digital; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2018PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas la creación del rol del Líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la administración pública para la coordinación de objetivos, acciones y medidas para la transformación digital y despliegue del Gobierno Digital; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 119-2018PCM, se dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública, el que constituirá un mecanismo de gobierno para la dirección, evaluación y supervisión del proceso de transformación digital y Gobierno Digital en las entidades de la Administración Pública, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales, así como a una mejor prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía; Que, por lo expuesto, es necesario emitir el acto de administración interna que constituya el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y establezca sus funciones; Con las visaciones de la Secretaría General, y de las Oficinas Generales de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 020-2017-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual está conformado por:

Nombres y Apellidos Juan Carlos Ortecho Fernández

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Despacho Ministerial, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1694057-2

Constituyen el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2018-TR Lima, 20 de setiembre de 2018

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