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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (23/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Domingo 23 de setiembre de 2018 / El Peruano la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de New York (Estados Unidos de América), del 23 al 26 de setiembre de 2018; Que, conforme a lo señalado en el documento HG-Nº 0133 DGVC-ME/SIAF-SP del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de New York, Estados Unidos de América, del 23 al 26 de setiembre de 2018, conforme al siguiente detalle: AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356 Tripulación Principal Coronel FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA PilotoNSA: O-9544187 DNI: 43412943Coronel FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA PilotoNSA: O-9556188 DNI: 02773543Coronel FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO PilotoNSA: O-9589691 DNI: 43623935Comandante. FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO PilotoNSA: O-9601791 DNI: 09393112 Comandante. FAP FIDEL ERNESTO CASTRO HERRERA Piloto NSA: O-9657996 DNI: 10558101Técnico 1ra FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico NSA: S-60736293 DNI: 05349005 Subo fi cial 1ra FAP MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA Mecánico NSA: S-60932704 DNI: 41576191 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Trip. de CabinaNSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleada Civil FAP ANGELA MARIA SOMMERKAMP TELLO Trip. de Cabina NSA: C-71588817 DNI: 09348352Empleado Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG Trip. de Cabina NSA: C-71619018 DNI: 70619365 Tripulación Alterna Coronel FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES PilotoNSA: O-9573089 DNI: 07871146 Coronel. FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA Piloto NSA: O-9579890 DNI: 43412386 Comandante. FAP HUANQUI VALCARCEL GONZALO PilotoNSA: O-9653096 GUALBERTO DNI: 44103072 Técnico 2da FAP ROGER LOVATON GUDIEL Mecánico NSA: S-60807595 DNI: 43362662 Técnico 2da FAP JULIO ROMAN RIVERO MecánicoNSA: S-60712392 DNI: 43308532 Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Trip. de Cabina NSA: C-71512713 DNI: 40091107 Empleado Civil FAP ALESSANDRA TRUCIOS CORNEJO Trip. de Cabina NSA: C-71619118 DNI: 47726901 Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal.Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos US$ 440.00 x 04 días x 10 personas = US$ 17,600.00 Total a Pagar = US$ 17,600.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5 .- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6 .- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1694664-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Listado de Unidades Ejecutoras y Montos de Saldos de Balance aprobados mediante Decreto Supremo N° 185-2018-EF y autorizan devolución DECRETO SUPREMO Nº 214-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, en aplicación de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30694, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante el Decreto Supremo N° 185-2018-EF se aprobó el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, y los montos de sus Saldos de Balance de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados al 31 de diciembre de 2017 que se encuentran comprendidos en la citada Disposición, así como el procedimiento para su depósito a la cuenta determinada por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, algunas Unidades Ejecutoras, incluidas en el mencionado listado han hecho de conocimiento del Ministerio de Economía y Finanzas que en el mismo se han consignado montos que cumplen con los supuestos de excepción establecidos por la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30694, respecto de los cuales, previa revisión y análisis, se ha determinado que incluyen montos que se encuentran comprometidos por mandato legal expreso y están destinados a la ejecución de proyectos de inversión, en el marco del Invierte.pe, por lo que resulta pertinente modi fi car el listado aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 185-2018-EF, en cuanto a las Unidades Ejecutoras y montos contenidos en el mismo; Que, asimismo, otro grupo de Unidades Ejecutoras ha expuesto que determinados importes del citado