Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2018 (23/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Tipo Programa Denominación Institución

NORMAS LEGALES
Monto Total S/ (En soles)

Domingo 23 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Programas de doctorado Doctorado en Universidad en universidades Ciencias e Ingeniería Nacional Agraria 36,000.00 peruanas - FONDECYT Biológicas La Molina Doctorado en Universidad Programas de doctorado Transferencia en universidades Ciencias e Ingeniería Nacional Agraria 331,160.00 Biológicas La Molina financiera peruanas - FONDECYT Programas de doctorado en universidades peruanas - FONDECYT Total S/ Doctorado en Ciencias con mención en Energética Universidad Nacional de Ingeniería 106,933.00 474,093.00

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1694665-3 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 165-2018-CONCYTEC-P Lima, 21 de setiembre de 2018 VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 004-2018-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ; y el Oficio del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTECOGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo es responsable de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados, asimismo, con el visado de la presente Resolución, dicho dispositivo, alcanza también a Programas;

Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la presente Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo; y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por un importe total, ascendente a S/3,492,230.36 (Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Doscientos Treinta y 36/100 Soles) señalando que permitirá cofinanciar programas ganadores de concursos públicos, para tal efecto, remite el Informe Técnico Legal Nº 004-2018-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual la Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras a entidades públicas y otorgar subvenciones a personas jurídicas privadas; por un importe total ascendente a S/ 3,492,230.36 (Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Doscientos Treinta y 36/100 Soles), para cofinanciar programas en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjuntan Certificado de Crédito Presupuestario Nº 318, 405, 303, y 420, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 155-2015-FONDECYT-DE; Que, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con la visación de la presente Resolución, ratifica el informe favorable, requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos en la presente Directiva para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobadas, en los convenios y/o contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones (para cofinanciar los referidos programas citados en el Informe Técnico Legal Nº 004-2018-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ), las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo del FONDECYT; y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; en Ley Nº 30806, Ley que

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