Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2018 (23/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de setiembre de 2018 /

El Peruano

General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego habilitado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1694663-18

PRODUCE
Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 440-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 20 de septiembre de 2018 VISTOS, el Informe N° 087-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 134 y 135-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, cuya finalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto de Urgencia N° 030-2008. Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, destinado a financiar parcialmente el Proyecto "Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE. Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en su Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad.

Que, mediante Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto. Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nºs. 134 y 135-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, remite la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM y del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad", respectivamente; indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/ contratos suscritos para la ejecución de los proyectos. Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 087-2018-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de SETECIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 13/100 SOLES (S/ 719 275.13), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios ­ RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito ­ ROOC; y, 5. Recursos Determinados ­ RD, los montos ascendentes a S/ 281 246.04; S/ 122 086.65; y, S/ 315 942.44, respectivamente; todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM: i) 03 Proyectos de Innovación para Microempresas ­ PIMEN; ii) 02 Proyectos Asociativos de Transferencia Tecnológica para Microempresas - PATTEM; iii) 21 Proyectos Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales ­ CMCEI; iv) 01 Proyecto Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Asociadas ­ CMCEA; b) Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad": i) 02 Proyectos de Preparación para Acreditación de Laboratorios ­ PPAL; ii) 01 Proyecto de Innovación Tecnológica Empresarial ­ PITEI; y, iii) 01 Proyecto de I+D+i BIO ­ IDiBIO. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 063-2018-PRODUCE y 282-2018-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de SETECIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 13/100 SOLES (S/ 719 275.13), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios ­ RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito ­ ROOC; y, 5. Recursos Determinados ­ RD, los montos ascendentes a S/ 281 246.04; S/ 122 086.65; y, S/ 315 942.44, respectivamente; destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, correspondiente al Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM; y del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad". Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE.

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