Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2019 (20/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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CONTRALORIA GENERAL

NORMAS LEGALES

Sábado 20 de abril de 2019 /

El Peruano

Res. Nº 127-2019-CG.- Autorizan incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2019 20 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 1647-2019.- Autorizan viaje de funcionaria a Chile, en comisión de servicios 21

CONVENIOS INTERNACIONALES
RELACIONES EXTERIORES Acuerdo entre la República del Perú y la Secretaría General Iberoamericana para la instalación de una Oficina Subregional en Lima 22 Entrada en vigencia del Acuerdo entre la República del Perú y la Secretaría General Iberoamericana para la instalación de una Oficina Subregional en Lima 24

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de representante del SENASA a Indonesia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0147-2019-MINAGRI Lima, 17 de abril de 2019 VISTOS; el Oficio Nº 0130-2019-MINAGRI-SENASA, del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; el Informe Legal Nº 430-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1059, que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) es un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, el cual es responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias; así como, de participar, en representación del Perú, en las negociaciones técnicas de convenios y acuerdos internacionales sobre la materia; Que, mediante Oficio Nº 004-2019/CODEX/DIGESA de fecha 5 de marzo de 2019, el Presidente del Comité Nacional del Codex comunica al Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, la invitación efectuada por el Director General de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y por el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), para asistir a la 13a Reunión del Comité del Codex sobre Contaminantes de los Alimentos (CCCF13), que se llevará a cabo en la ciudad de Yogyakarta, República de Indonesia, del 29 de abril al 3 de mayo de 2019 y, en las reuniones previas del Comité Coordinador FAO/OMS para América Latina y el Caribe (CCLAC), que se llevarán a cabo del 27 al 28 de abril de 2019, en el mismo lugar de reunión del Comité; Que, el Codex Alimentarius o "Código Alimentario", es un conjunto de normas, directrices y códigos de prácticas aprobados por la Comisión del Codex Alimentarius. La Comisión, conocida también como CAC, constituye el elemento central del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, y fue establecida por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) con la finalidad de proteger la salud de los consumidores y promover prácticas leales en el comercio alimentario;

Que, mediante Carta Nº 16 de la Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria (ACHIPIA) del Ministerio de Agricultura de Chile, de fecha 26 de marzo de 2019, el Presidente del CCLAC convoca a los representantes de la región participantes de la 13a Reunión del Comité del Codex sobre Contaminantes de los Alimentos (CCCF13), para participar en una reunión previa a la plenaria de la CCCF13, el día 28 de abril de 2019, a fin de coordinar los intereses de la región y asegurar una activa participación del CCLAC durante la plenaria; Que, el Viceministerio de Políticas Agrarias, remite el Oficio Nº 0130-2019-MINAGRI-SENASA de fecha 3 de abril de 2019 del Jefe del SENASA, por medio del cual solicita autorizar la participación del señor Javier Neptali Aguilar Zapata, especialista en Inocuidad Agroalimentaria de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, en el mencionado evento y reuniones previas, toda vez que permitirá: i) fortalecer las relaciones de trabajo y el espíritu de colaboración con los delegados del CCLAC y, específicamente del Comité del Codex sobre Contaminantes de los Alimentos (CCCF), con un enfoque regional, ii) dar a conocer a los países que integran la Comisión del Codex Alimentarius y en particular del CCCF, la posición país respecto a la preservación de la salud pública, los requisitos de inocuidad de los alimentos y, la promoción de prácticas leales y la facilitación del comercio de alimentos, iii) establecer agendas de trabajo con los puntos de contacto de los países que presiden los Grupos de Trabajo Electrónico, donde se expondrá la posición país, así como alguna posición regional, y iv) presentar el anteproyecto de desarrollo de un Código de Prácticas para la prevención y reducción de la contaminación por Cadmio en cacao preparado por el Grupo de Trabajo Electrónico liderado por Perú; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gasto al Estado (por concepto de pasajes aéreos y viáticos), estos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, según lo señalado en la certificación de crédito presupuestario correspondiente; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del citado servidor, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

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