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30 NORMAS LEGALES Domingo 28 de abril de 2019 / El Peruano Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios”; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a las ciudades de Sao Paulo y Curitiba, República Federativa del Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, a los señores fi scales que se detallan a continuación: Nombres y ApellidosDespachoPeriodo de Licencia Rafael Ernesto Vela BarbaFiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, y Fiscal Superior de la 2° Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de DominioDel 20 al 25 de abril de 2019 José Domingo Pérez GómezFiscal Provincial del Equipo Especial de FiscalesDel 22 al 25 de abril de 2019 Germán Juárez AtocheFiscal Provincial del Equipo Especial de FiscalesDel 20 al 27 de abril de 2019 Carlos Puma QuispeFiscal Provincial del Equipo Especial de FiscalesDel 21 al 27 de abril de 2019 Norma Geovana Mori GómezFiscal Provincial del Equipo Especial de FiscalesDel 23 al 27 de abril de 2019 Walter Edgardo Villanueva LuichoFiscal Adjunto Provincial del Equipo Especial de FiscalesDel 22 al 26 de abril de 2019 María Milagros Salazar PaivaFiscal Adjunta Provincial del Equipo Especial de FiscalesDel 21 al 26 de abril de 2019 Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las O fi cinas Generales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos y seguros de viaje, conforme al detalle siguiente: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos InternacionalesViáticos Seguro de viaje Rafael Ernesto Vela BarbaUS$ 2 203,36US$ 1 440,00 (por 6 días)US$ 40,00 José Domingo Pérez GómezUS$ 2 418,36US$ 960,00 (por 4 días)US$ 40,00 Germán Juárez Atoche US$ 2 289,84US$ 1 920,00 (por 8 días)US$ 40,00 Carlos Puma Quispe US$ 1 993,67US$ 1 680,00 (por 7 días)US$ 40,00 Norma Geovana Mori GómezUS$ 1 495,36US$ 1 200,00 (por 5 días)US$ 40,00 Walter Edgardo Villanueva LuichoUS$ 2 118,01US$ 1 200,00 (por 5 días)US$ 40,00 María Milagros Salazar PaivaUS$ 1 100,73US$ 1 440,00 (por 6 días)US$ 40,00 Artículo Tercero.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación del Equipo de Fiscales Especiales, al señor Reggis Oliver Chávez Sánchez, Fiscal Adjunto Superior del Equipo de Fiscales Especiales, durante la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, a la señora Luz Elizabeth Peralta Santur, Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, durante la ausencia del titular. Artículo Quinto.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, al señor Raffael Flores Mego, Fiscal Adjunto Superior de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, durante la ausencia del titular. Artículo Sexto.- Encargar al Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales y al Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, adoptar las medidas pertinentes a fi n de garantizar el normal funcionamiento de los despachos de los comisionados, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución. Artículo Sétimo.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, los fi scales mencionados en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en las diligencias materia de la resolución. Artículo Octavo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activo y Pérdida de Dominio, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, O fi cina de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cinas Generales de Potencial Humano, Asesoría Jurídica, Logística y Finanzas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1764283-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 1421-2019 Lima, 3 de abril de 2019EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por el señor Álvaro Bruno Rodríguez Gianella para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modi fi catorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo;