Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2019 (28/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 28 de abril de 2019 /

El Peruano

Que, con el documento de Visto, la Directora General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos propone designar a la economista Flor Isabel García Grados, en reemplazo del economista Ricardo Jaime Parra López, en el puesto señalado en el considerando precedente; Que, a través del Informe Nº 479-2019-EIE-OARHOGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos señala que el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP ­ P Nº 2087) del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud se encuentra clasificado como de confianza, por lo que emite opinión favorable a lo solicitado por la Directora General del Centro en mención; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la economista Flor Isabel García Grados, al cargo en el que fuera designada mediante Resolución Ministerial Nº 1131-2018/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Dar por concluida la designación temporal del economista Ricardo Jaime Parra López, al cargo en el que fuera designado mediante Resolución Ministerial Nº 302-2019/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Designar a la economista Flor Isabel García Grados, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I (CAP ­ P Nº 2087), Nivel F-4, del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1764384-1

CONSIDERANDO: Que, la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2013TR, tiene como uno de sus objetivos generales promover un marco normativo armónico, coherente e integral sobre seguridad y salud en el trabajo, adaptado a las necesidades de protección de los/as trabajdores/as; Que, alineado a ello, el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2017-TR, establece como una de sus líneas de acción la actualización y adecuación de los reglamentos en materia de seguridad y salud en el trabajo sectoriales existentes, entre los cuales se menciona el correspondiente al sector construcción; Que, en virtud de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, y modificatorias, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo coordinará la expedición de las reglamentaciones sectoriales y la elaboración de instrumentos técnicos con los sectores competentes; Que, por ello, mediante Resolución Suprema N° 0232018-TR, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración del informe técnico que contenga el proyecto de reglamento de seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción, cuya conformación contó con la participación de los/las representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, en calidad de invitados, de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú y de la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO; Que, la referida Comisión Multisectorial remitió al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el informe final que contiene un proyecto de reglamento de seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción, que tiene como objeto establecer disposiciones mínimas para la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en el sector construcción, a nivel nacional; Que, conforme con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y modificatorias, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el documento denominado "Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción", con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, de la Directora General (e) de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y modificatorias; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, y su modificatoria; la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y modificatoria, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052012-TR, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la Oficina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la pre publicación del documento denominado "Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción", en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. gob.pe/mtpe); con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Disponen la pre publicación del documento denominado "Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción", en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 122-2019-TR Lima, 26 de abril de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 236-2019-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; el Informe Técnico Nº 021-2019-MTPE/2/15.2 de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y el Informe Nº 1018-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

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