Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2019 (28/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Domingo 28 de abril de 2019 /

El Peruano

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Autorizan incluir en el Módulo de Compatibilidad y Certificaciones, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 285-2016-SERNANP, las solicitudes de compatibilidad de proyectos y/o actividades correspondientes al sector acuícola
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 109-2019-SERNANP Lima, 24 de abril de 2019 VISTO: El Informe N° 188-2019-SERNANP-DGANP e Informe N° 082-2019-SERNANP-OAJ, emitidos por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas y por la Oficina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP y; CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, como órgano público técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, constituyéndose como ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, con Decreto Supremo N° 003-2011-MINAM, se aprobó la modificación del artículo 116° del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, señalando las figuras de la compatibilidad y la opinión técnica previa favorable, como opiniones técnicas previas vinculantes que deben ser emitidas de forma previa al otorgamiento de derechos orientados al aprovechamiento de recursos naturales y/o a la habilitación de infraestructura en las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y/o en sus Zonas de Amortiguamiento; y en las Áreas de Conservación Regional, contando esta administración con un plazo no mayor a 30 días para su respectiva emisión; Que, respecto a la opinión técnica previa vinculante de compatibilidad, mediante la Resolución Presidencial N° 57-2014-MINAM, se aprobaron los requisitos mínimos que debe incluir la solicitud de compatibilidad de una propuesta de actividad superpuesta a un Área Natural Protegida de administración nacional y/o sus Zonas de Amortiguamiento o un Área de Conservación Regional; Que, a través de la Resolución Presidencial N° 285-2016-SERNANP, se aprobó el Módulo de Compatibilidad y Certificaciones con la finalidad de optimizar la atención del procedimiento de evaluación de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de agua y saneamiento básico, disponiéndose que el proceso de implementación del referido módulo se desarrollará de manera ordenada y progresiva en coordinación con los demás sectores; Que, el 22 de marzo del 2018, el SERNANP participó en el Grupo 2 del Sistema Nacional de Acuicultura - SINACUI, a cargo del Ministerio de la Producción, cuyo objetivo es la integración de procedimientos, métodos, técnicas entre otros instrumentos de gestión a fin de simplificar y agilizar los diferentes procedimientos administrativos; Que, el 23 de julio del 2018, en el referido Grupo 2 SINACUI, se presentó el Módulo de Compatibilidad y Certificaciones a cargo del SERNANP, como una propuesta de agilización en la atención de las solicitudes

de compatibilidad en la etapa de habilitación del área acuática para las actividades de acuicultura; Que, mediante Oficio N° 771-2018-PRODUCE/DGA del 02 de agosto del 2018, la Dirección de Acuicultura manifestó su interés en oficializar la participación del sector acuícola en el referido Módulo de Compatibilidad y Certificaciones; Que, en ese sentido; a través de los informes del visto, se concluye que el citado módulo cumple con las características técnicas y de procedimiento para realizar los trámites de solicitud de compatibilidad para las actividades acuícolas, atendiéndose estas en un plazo de quince (15) días hábiles, bajo la responsabilidad de la Dirección Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, por lo tanto, corresponde se autorice su inclusión en el Módulo de Compatibilidad y Certificaciones; Con las visaciones de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; De conformidad con la facultad conferida en el literal b) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP; aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la inclusión en el Módulo de Compatibilidad y Certificaciones, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 285-2016-SERNANP, a las solicitudes de compatibilidad de proyectos y/o actividades correspondientes al sector acuícola. Artículo 2º.- Disponer que el citado módulo será de uso exclusivo y obligatorio para las solicitudes de compatibilidad del sector acuícola, en consecuencia; las actividades no comprendidas en la citada norma continuarán presentando sus solicitudes conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 003-2011-MINAM y la Resolución Presidencial N° 057-2014-SERNANP. Artículo 3º.- Identificar a la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas como responsable a cargo del procedimiento de emisión de compatibilidad, cuya atención se realizará en el plazo de quince (15) días hábiles. Artículo 4º.- Autorizar la elaboración y publicación del Manual del Módulo de Compatibilidad para las actividades acuícolas en el portal web del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP: www. sernanp.gob.pe con la finalidad de promover su uso eficiente y obligatorio. Artículo 5º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP: www.sernanp.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1763540-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva "Celeridad en la Resolución de Procesos Laborales de Nulidad de Despido y Derechos Fundamentales en el Trabajo"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 291-2018-CE-PJ Lima, 21 de noviembre de 2018

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