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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (29/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

3 NORMAS LEGALES Lunes 29 de abril de 2019 El Peruano / Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 00384-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles hasta por la suma de S/ 113 643 133,00 (CIENTO TRECE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES) para fi nanciar el cumplimiento de acciones asociadas a la mejora de calidad del servicio de educación superior universitaria, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30220, conforme a lo establecido en la norma técnica para la implementación del mecanismo denominado “Fomento para la Mejora del Servicio Educativo de las Universidades Públicas”; en virtud de lo cual, con el O fi cio N° 082-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a una transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación, el monto a transferir asciende a la suma de S/ 113 643 133,00 (CIENTO TRECE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de veintiséis (26) Universidades Públicas, para fi nanciar el cumplimiento de acciones asociadas a la mejora de calidad del servicio de educación superior universitaria, en el marco de lo establecido en el literal a) del párrafo 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 30879; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 113 643 133,00 (CIENTO TRECE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de veintiséis (26) Universidades Públicas, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal a) del párrafo 34.1 y el párrafo 34.2 del artículo 34 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA: Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación hasta por la suma de S/ 113 643 133,00 (CIENTO TRECE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de veintiséis (26) Universidades Públicas, para fi nanciar el cumplimiento de acciones asociadas a la mejora de calidad del servicio de educación superior universitaria, en el marco de lo establecido en el literal a) del párrafo 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para TodosCATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividadesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 73 643 133,00 GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 40 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 113 643 133,00 ============A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : Universidades PúblicasPROGRAMA PRESUPUESTAL 0066 : Formación Universitaria de PregradoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 5 773 074,002.5 Otros Gastos 2 054 099,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 104 841 842,00 CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 620 074,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 354 044,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 113 643 133,00 ============ REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES