Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2019 (03/08/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Sábado 3 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

87

De conformidad con lo establecido en el artículo 9º, inciso 8), artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con el VOTO POR UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP ­ P) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO Artículo 1º.- APROBAR el CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP P) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas competentes, tomar las acciones necesarias para la adecuación e implementación del CAP Provisional aprobado con la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a Secretaría General e Imagen Institucional, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", y al encargado de Informática de la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación de la Ordenanza y su anexo, en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Bartolo www. munisanbartolo.gob.pe Artículo 4º.- Derogar la Ordenanza Nº 259-2018/ MDSB, se Aprueban modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Municipalidad Distrital de San Bartolo Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 1794052-1

Provinciales y Distritales, son órganos de gobierno que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que según el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, precisa la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA, en su Art. 5 al Art. 7, precisa que el Texto Único de Procedimientos Administrativos debe contener un sustento técnico legal y sustento de los costos a cobrar. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 256-MDT, de fecha 22 de enero del 2014, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Tiabaya, ratificada por la Municipalidad Provincial de Arequipa; el cual ha merecido una serie de modificaciones legales a través de Decretos Legislativos y Decretos Supremos que han modificado sustancialmente los diferentes procedimientos administrativos y servicios exclusivos de la Municipalidad, por lo cual resulta necesario adecuar el TUPA, en estricto cumplimiento a las normas vigentes. Que, conforme al Art. 44.1 del TUO de la Ley Nº 27444; el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo. Que, conforme al Art. 9 inc. 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas municipales. Por lo expuesto, en uso de sus facultades y atribuciones contenidas en el numeral 8) del Art. 9 y Art. 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido por el numeral 4) del Art. 200 de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa de la lectura del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIABAYA Artículo Primero.- NORMA APROBATORIA Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Tiabaya y la Estructura de Costos que lo sustenta; los cuales en anexo adjunto forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- NORMA DEROGATORIA Derogar la Ordenanza Municipal Nº 256-MDT y sus modificatorias; así como toda disposición municipal que contravenga lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- VIGENCIA DE LA NORMA La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a la ratificación de la Municipalidad Provincial de Arequipa y publicación en el diario respectivo. Artículo Cuarto.- PUBLICACIÓN Disponer que la Oficina de Secretaría General proceda a la publicación y difusión la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL CUADROS PAREDES Alcalde 1794100-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIABAYA
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 314-MDT Tiabaya, 6 de mayo del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIABAYA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria realizada el 30 de abril del 2019 trató: El Informe Nº 108-2019-GALMDT de la Gerencia de Asesoría Legal, el Informe Nº 084-2019-GPPRE-MDT de la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística. CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993, las Municipalidades

*

El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.