Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2019 (18/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de diciembre de 2019 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Modifican Anexo "Soluciones de Vivienda para la Atención de la Población Damnificada" del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 00134-2019-RCC/DE Lima, 17 de diciembre de 2019 VISTOS: El Acuerdo Nº 1 de la Sexagésima Sexta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, los Informes Nº 893-2019-RCC/GPE y Nº 912-2019-RCC/GPE y el Informe Nº 988-2019-RCC/GL; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, la Autoridad), como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar un plan integral el cual incluye, entre otros, infraestructura educativa, de salud, infraestructura vial y de conectividad, infraestructura agrícola, infraestructura y gestión integral del manejo de cuencas, infraestructura de saneamiento así como programas de vivienda de interés social; Que, el Decreto Legislativo Nº 1354 se modifica la Ley Nº 30556, declarándose prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, el Plan), con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 094-2018PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556, y con el Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM y modificatorias, se aprueba su Reglamento; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556 señala que mediante acuerdo de Directorio de la Autoridad se aprueban las modificaciones del Plan, las cuales se sujetan al cumplimiento de las reglas fiscales, tales modificaciones pueden incluir el cambio de entidad ejecutora, el cual se comunica a estas. Dicho acuerdo es formalizado mediante resolución de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad; Que, con el Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias se aprobó el Plan, así como sus anexos, los cuales se encuentran publicados en el portal institucional de la Autoridad (www.rcc.gob.pe); Que, a través del Informe Nº 893-2019-RCC/ GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite opinión respecto a la precisión del Anexo "Soluciones de Vivienda para la Atención de la Población Damnificada" del Plan; Que, asimismo, mediante el Informe Nº 912-2019RCC/GPE, la referida Gerencia emite opinión sobre precisiones, exclusiones y cambio de entidad ejecutora de intervenciones de los sectores saneamiento y red sub nacional - puentes del Plan; Que, en atención a los informes mencionados en los considerandos precedentes, el Directorio de la Autoridad

aprobó las modificaciones al Plan propuestas por la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquese el Anexo "Soluciones de Vivienda para la Atención de la Población Damnificada" del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, según se detalla en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Precísese una (1) intervención del sector saneamiento, cuyo costo referencial asciende a S/ 144 334,00, la misma que se detalla en el Anexo Nº 2 de la presente Resolución. Artículo 3.- Exclúyanse dos (2) intervenciones del Sector Red Sub Nacional - Puentes, cuyos costos referenciales ascienden a S/ 5 552 500,00, las cuales se detallan en el Anexo N° 3 de la presente Resolución. Artículo 4.- Modifíquese el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios a fin de efectuar el cambio de entidad ejecutora de seis (6) intervenciones del Sector Saneamiento, cuyos costos referenciales ascienden a S/ 1 945 977,00, las cuales se detallan en el Anexo Nº 4 de la presente Resolución. Artículo 5.- Los Anexos de la presente Resolución se publican por la Gerencia de Comunicación Estratégica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6.- La presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 7.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AMALIA MORENO VIZCARDO Directora Ejecutiva Autoridad para la Reconstrucción con Cambios 1838204-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban la Directiva Nº 001-2019-CD/ FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento del financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC, para la Campaña Agrícola 2019-2020"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0447-2019-MINAGRI Lima, 17 de diciembre de 2019 VISTOS: Las Notas de Envío de fechas 9 y 12 de diciembre de 2019 del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, sobre aprobación de la Directiva N° 001-2019-CD/FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento de financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC, para la Campaña

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