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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (18/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2019 El Peruano / presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nos. 256, 257, 258 y 259-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, remite la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Fondo MIPYME; del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; y, Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, respectivamente, indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 120-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 3,682,089.57 (Tres millones seiscientos ochenta y dos mil ochenta y nueve con 57/100 soles), correspondiendo a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito – ROOC, 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados – RD, los montos ascendentes a S/ 2,576,131.87; S/ 127,468.81; S/ 303,280.00; y, S/ 675,208.89 respectivamente, todos con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC: para co fi nanciar el desembolso de: i) 13 Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores – EIN; ii) 01 Proyecto de Capital Semilla para Emprendimientos Dinámicos – EDI; iii) 09 Proyectos de Emprendedores Innovadores Reto Bio – EIN BIO; iv) 01 Proyecto de Emprendimientos Innovadores de mujeres - EINM; b) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”: para co fi nanciar el desembolso i) 10 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual – PIEC 1; ii) 04 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 2 Validación de la Innovación – PIEC 2; iii) 01 Proyectos Colaborativos de Innovación Categoría 2 – CPCC2; iv) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 1 Mujer Emprende - PIEC 1M; v) 01 Pasantías Tecnológicas – PT; y, vi) 02 Misiones Tecnológicas - MT; c) Fondo MIPYME: para co fi nanciar dos desembolsos (02) a Proyectos del Programa de Desarrollo de Proveedores Categoría 2 - PDP C2; y, d) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM: para co fi nanciar el desembolso de) 08 Proyectos de Innovación para Micro Empresas – PIMEN; ii) 16 Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI; y, iii) 02 Proyectos de Validación y Empaquetamiento – PVE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 282-2018-PRODUCE y 054-2019-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 3,682,089.57 (Tres millones seiscientos ochenta y dos mil ochenta y nueve con 57/100 soles), correspondiendo a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito – ROOC, 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados – RD, los montos ascendentes a S/ 2,576,131.87; S/ 127,468.81; S/ 303,280.00; y , S/ 675,208.89 respectivamente; destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC; del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; del Fondo MIPYME; y, Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; respectivamente. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se re fi ere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora EjecutivaPrograma Nacional de Innovación para laCompetitividad y Productividad 1837701-1 SALUD Modifican la R.M. N° 005-2019/MINSA, que delegó facultades a diversos funcionarios del Ministerio para el Año Fiscal 2019 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1140-2019/MINSA Lima, 12 de diciembre del 2019VISTO, el Expediente N° 19-149654-001, que contiene el Informe N° 212-2019-OOM-OGPPM/MINSA, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 78.1. del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, y que, asimismo, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el/la Ministro/a de Salud es la más alta autoridad política del Sector, teniendo,