Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2019 (18/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Miércoles 18 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

19

presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nos. 256, 257, 258 y 259-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UM, remite la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Fondo MIPYME; del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM; del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; y, Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC, respectivamente, indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/ contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 120-2019-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 3,682,089.57 (Tres millones seiscientos ochenta y dos mil ochenta y nueve con 57/100 soles), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito ­ ROOC, 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados ­ RD, los montos ascendentes a S/ 2,576,131.87; S/ 127,468.81; S/ 303,280.00; y, S/ 675,208.89 respectivamente, todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC: para cofinanciar el desembolso de: i) 13 Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores ­ EIN; ii) 01 Proyecto de Capital Semilla para Emprendimientos Dinámicos ­ EDI; iii) 09 Proyectos de Emprendedores Innovadores Reto Bio ­ EIN BIO; iv) 01 Proyecto de Emprendimientos Innovadores de mujeres - EINM; b) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional": para cofinanciar el desembolso i) 10 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual ­ PIEC 1; ii) 04 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 2 Validación de la Innovación ­ PIEC 2; iii) 01 Proyectos Colaborativos de Innovación Categoría 2 ­ CPCC2; iv) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 1 Mujer Emprende - PIEC 1M; v) 01 Pasantías Tecnológicas ­ PT; y, vi) 02 Misiones Tecnológicas - MT; c) Fondo MIPYME: para cofinanciar dos desembolsos (02) a Proyectos del Programa de Desarrollo de Proveedores Categoría 2 - PDP C2; y, d) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM: para cofinanciar el desembolso de) 08 Proyectos de Innovación para Micro Empresas ­ PIMEN; ii) 16 Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales ­ CMCEI; y, iii) 02 Proyectos de Validación y Empaquetamiento ­ PVE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 282-2018-PRODUCE y 054-2019-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 de la Unidad

Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 3,682,089.57 (Tres millones seiscientos ochenta y dos mil ochenta y nueve con 57/100 soles), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito ­ ROOC, 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados ­ RD, los montos ascendentes a S/ 2,576,131.87; S/ 127,468.81; S/ 303,280.00; y , S/ 675,208.89 respectivamente; destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC; del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; del Fondo MIPYME; y, Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM; respectivamente. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora Ejecutiva Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad 1837701-1

SALUD
Modifican la R.M. N° 005-2019/MINSA, que delegó facultades a diversos funcionarios del Ministerio para el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1140-2019/MINSA Lima, 12 de diciembre del 2019 VISTO, el Expediente N° 19-149654-001, que contiene el Informe N° 212-2019-OOM-OGPPM/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 78.1. del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, y que, asimismo, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el/la Ministro/a de Salud es la más alta autoridad política del Sector, teniendo,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.