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163 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / de estar ocupado o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor Total de la Tasación correspondiente a un (01) inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Aeropuerto “Capitán FAP Guillermo Concha Iberico”, ubicado en el distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura. N° CÓDIGOVALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 1 PM1G-AERPIURA-PU-074 125,161.94 5,200.00 25,032.39 155,394.33 1841577-1 Aprueban transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa destinada a financiar los gastos por concepto de apoyo brindado por las fuerzas armadas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1297-2019 MTC/01 Lima, 30 de diciembre de 2019 VISTOS: El O fi cio N° 09809-2019-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa y el Memorando N° 2612-2019-MTC/09 e Informe N° 622- 2019-MTC/09.03 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas y/o de la Policía Nacional del Perú, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados a realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional del Perú supera el monto máximo que debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente; siendo que, dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que las transferencias fi nancieras a las que se re fi ere el considerando precedente se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; y, se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros en el que se debe indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fi jado por la Presidencia del Consejo de Ministros y de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del Titular del referido pliego, publicándose la mencionada resolución en el diario o fi cial El Peruano; Que, por Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, se establece el monto máximo de S/ 54 438,00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los Pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales en el Año Fiscal 2019; Que, con el O fi cio N° D001522-2019-PCM-SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros remite adjunto el Informe N° D000080-2019-PCM-OGPP de su O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, en el que señala que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, con cargo a su presupuesto, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional; Que, mediante O fi cio N° 09809-2019-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se disponga la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 21 695,20 (VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), por concepto de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas en el mes de noviembre del presente año fi scal, en el marco de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, cuyo detalle se muestra en el Anexo adjunto al citado O fi cio; Que, a través del Memorando N° 2612-2019-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones hace suyo el Informe N° 622-2019-MTC/09.03 de su O fi cina de Presupuesto, por el cual emite opinión favorable en materia presupuestal respecto a la transferencia fi nanciera del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, hasta por la suma de S/ 21 695,20 (VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), por los vuelos de apoyo brindados al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia fi nanciera de recursos hasta por la suma de S/ 21 695,20 (VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio