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164 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 / El Peruano de Defensa, destinada a fi nanciar los gastos por concepto de apoyo brindado por las fuerzas armadas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, el Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, que establece el monto máximo para atender las Operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional Regional y Local; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 21 695,20 (VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, destinada a los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por la presente resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera, aprobada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1841725-1 Aprueban el Plan de Gobierno Digital 2020 – 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1298-2019-MTC/01 Lima, 30 de diciembre de 2019 VISTO: El Acta de Reunión N° 003-2019-CGD del 18 de diciembre 2019, el Informe N° 014-2019-MTC/23 de la O fi cina General de Tecnología de la Información; el Memorándum N° 2573-2019-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, con Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que tiene como uno de sus ejes transversales, al Gobierno Electrónico, cuyo objetivo es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país;Que, la Ley N°1412, Ley de Gobierno Digital tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno, Que, con Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM, se establece que cada entidad de la Administración Pública debe constituir un Comité de Gobierno Digital, el mismo que debe estar conformado por el/la titular de la entidad o su representante; el/la líder de Gobierno Digital; el/la responsable del área de informática o quien haga sus veces; el/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces; el/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces; y el/la Ofi cial de seguridad de la información; Que, con Resolución Ministerial N° 422-2018 MTC/01, se conformo el Comité de Gobierno Digital en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; siendo modi fi cado mediante Resolución Ministerial N° 517-2019 MTC/01; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 005-2018-PCM/SEGDI, se aprobaron los Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital, la cual es de alcance obligatorio a todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el artículo 3 de la Resolución antes indicada, establece que el Plan de Gobierno Digital se constituye como el único instrumento para la gestión y plani fi cación del Gobierno Digital de la Administración Pública, y es aprobado por el titular de la entidad para un período mínimo de tres (3) años, debiendo ser actualizado y evaluado anualmente; Que, mediante Acta de Reunión N° 003-2019-CGD del 18 de diciembre 2019, el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el marco de sus funciones Acordó “Dar Conformidad a la propuesta de Plan de Gobierno Digital 2020 – 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, señalando que ha sido formulado en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, y recomienda la emisión de la Resolución Ministerial correspondiente, disponiendo al Director General de la O fi cina General de Tecnología de la Información en su calidad de Secretario Técnico del Comité del Gobierno Digital inicie las acciones administrativas para su aprobación; Que, con Memorándum N° 2573-2019-MTC/09 el Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0248-2019-MTC/09.01 de la Dirección de Planeamiento y Cooperación Técnica, en el que considera pertinente la aprobación de la propuesta de Plan de Gobierno Digital 2020-2022, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Ministro de Estado, con arreglo a la Constitución Política del Perú, es el responsable político de la conducción de un sector o sectores del Poder Ejecutivo, y tienen entre sus funciones expedir Resoluciones Ministeriales; Que, de acuerdo al literal a del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MTC, aprobado con Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01, es función del Ministro de Transportes y Comunicaciones, entre otras, orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales a su cargo, en el marco de la política general del gobierno; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Plan de Gobierno Digital 2020-2022, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, propuesto por el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 005-2018-PCM-SEGDI; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Ley N°1412, Ley de Gobierno Digital; el Decreto Supremo