Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (31/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 376

TEXTO PAGINA: 175

175 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / AYACUCHO 243 CAJAMARCA 1027CUSCO 790HUANCAVELICA 210HUANUCO 367ICA 25JUNIN 423LA LIBERTAD 255LAMBAYEQUE 138LIMA 96LORETO 186MADRE DE DIOS 7MOQUEGUA 17PASCO 124PIURA 558PUNO 667SAN MARTIN 224TACNA 9TUMBES 17UCAYALI 78TOTAL GENERAL 6446 NOTA: EL DETALLE DE LOS LISTADOS DE LOCALIDADES: i) LISTADO DE LOCALIDADES SIN COBERTURA; Y, ii) LISTADO DE LOCALIDADES CON COBERTURA 2G; SE PUBLICARÁN EN LA PÁGINA WEB DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. 1841568-1 Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 0176-2019-MTC/24 Lima, 12 de diciembre de 2019VISTO: El Informe N° 419-2019-MTC/24-OA de la Ofi cina de Asesoría Legal del PRONATEL; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, se creó el Programa Nacional de Telecomunicaciones –PRONATEL, cuyo objetivo es la provisión de acceso universal de servicios de telecomunicaciones, el desarrollo de la banda ancha en su ámbito de intervención, la promoción de servicios, contenidos, aplicaciones y habilidades digitales y la reducción de la brecha de infraestructura de comunicaciones, a nivel nacional; Que, el artículo 7 del Manual de operaciones del PRONATEL, aprobado por Resolución Ministerial N°146-2019-MTC/01, establece que la Dirección Ejecutiva es el máximo órgano decisorio del PRONATEL y como tal es el responsable de sus dirección y administración general, está a cargo de un Director Ejecutivo quien es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa que ejerce la representación del PRONATEL y la titularidad de la entidad; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-PCM, señala que la fi nalidad de la citada Ley de promover la transparencia de los actos del Estado y regular derechos fundamentales del acceso a la información consagrado en el numeral 5° del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3° y 5° de la citada norma, el Estado tiene la obligación de entregar información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual las entidades públicas deben designar el funcionario responsable de entregar la información solicitada, así como al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, los literales b) y c) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modi fi cado mediante el Decreto Supremo N° 070- 2013-PCM, establecen que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; y al funcionario responsable de la elaboración actualización del portal de transparencia; Que, el segundo párrafo del artículo 4° del Reglamento a que se re fi ere el considerando precedente, establece que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal se efectuara mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial el Peruano; señalando que la Entidad colocara copia de la Resolución de designación en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante el Decreto Supremo N° 063-2010-PCM, se aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública el cual constituye una herramienta informática que contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizara su información de gestión de acuerdo a los plazos establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la entidad, considere pertinente publicar; Que, la Directiva N° 001-2017-PCM/SGP, aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2017-PCM establece los “Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Publica” la cual contiene formatos estándares con información obligatoria a difundir por la Entidad, complementarios a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública y su Reglamento, siendo que la responsabilidad de la aplicación de la referida directiva recae en el funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información en el Portal de Transparencia Estándar; Que en ese sentido, resulta pertinente designar un funcionario responsable de atender los pedidos de acceso a la información pública que se realicen en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública, con el objeto de agilizar el trámite de ingreso de las solicitudes de información y su conocimiento por parte del responsable de brindarla, coadyudando con la atención oportuna de las solicitudes de información; así como al Especialista en Tecnología de la información; así como al Especialista en Tecnología de la información y Comunicación como responsable de la elaboración y actualización del Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL. De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N°27806-Ley de Transparencia y Acceso a la información pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 063-2013-PCM, que aprobó la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la administración pública; el Decreto Supremo N°018-2018-MTC, que crea el Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL; y la Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Claudia Mabel Zanini Fernandez, Directora de la O fi cina de Administración del PRONATEL, como responsable de la elaboración y