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321 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / con o sin detenidos, deben ser asumidas por la Fiscalía Provincial Penal de Turno. Del mismo modo, considerando la carga en trámite judicial de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Tránsito y Seguridad Vial de Lima, y con la fi nalidad de optimizar el servicio fi scal, corresponde que dichas fi scalías sean consideradas al igual que, las Fiscalías Provinciales Penales de Lima, en la distribución aleatoriamente de todas las denuncias que ingresan por la Mesa de Partes Única de las Fiscalías Penales de Lima, asumiendo competencia preliminar hasta su conclusión cuando se trate de proceso inmediato y hasta la formalización de la denuncia penal o archivo en los demás casos. La Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es la responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones pertinentes, a fi n de fortalecer la función fi scal, garantizando de tal manera un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158° de la Constitución Política del Estado y el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- A partir del 01 de enero de 2020, todas las denuncias vinculadas a accidentes de tránsito y seguridad vial, con o sin detenidos, serán asumidas por el Fiscal Provincial Penal de Turno, con la fi nalidad de garantizar su intervención inmediata en la realización de diligencias urgentes e inaplazables; por tanto, corresponderá a la Fiscalía Provincial Penal de turno, asumir competencia preliminar sobre las denuncias que ingresen hasta su conclusión cuando se trate de proceso inmediato y hasta la formalización de la denuncia penal o archivo en los demás casos. Artículo Segundo.- A partir del 01 de enero de 2020, las Fiscalías de Tránsito y Seguridad Vial de Lima harán turno fi scal en la Fiscalía Provincial Penal de Turno Permanente del Distrito Fiscal de Lima, debiendo la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima incluir dichas fi scalías dentro del rol de turno de 24 horas establecido por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 6301-2015-MP-FN del 24 de diciembre de 2015. Artículo Tercero.- A partir del 01 de enero de 2020, la Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Tránsito y Seguridad Vial de Lima conocerán al igual que, las Fiscalías Provinciales Penales de Lima, todas las denuncias distribuidas aleatoriamente por la Mesa de Partes Única de las Fiscalías Penales de Lima, asumiendo competencia preliminar hasta su conclusión cuando se trate de proceso inmediato y hasta la formalización de la denuncia penal o archivo en los demás casos. Sobre la competencia judicial, la Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Tránsito y Seguridad Vial de Lima seguirán conociendo los casos que se tramiten ante el Primer y Segundo Juzgado Especializado en Tránsito y Seguridad Vial Permanente, respectivamente. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literales “g” y “t” del Reglamento de Organización y Funciones – ROF 2018, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, para que disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina de Control de Productividad Fiscal y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1841771-1OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Encargan despacho de la Gerencia General y despacho de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000280-2019-JN/ONPE Lima, 27 de Diciembre del 2019VISTOS: El Informe Nº 000228-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Informe Nº 000224-2019-GCPH/ONPE, de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano; así como, el Informe Nº 000497-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Mediante Resolución Jefatural Nº 000319-2018-JN/ ONPE de fecha 31 de diciembre de 2018, encargó al señor Elar Juan Bolaños Llanos, Gerente de Planeamiento y Presupuesto, con retención de su cargo, el despacho de la Gerencia General, desde el 01 de enero de 2019 hasta la culminación del ejercicio fi scal 2019 o hasta la designación de su titular; Asimismo, por Artículo Segundo de la Resolución Jefatural Nº 000318-2018-JN/ONPE de fecha 31 de diciembre de 2018, se encargó a la señora María Elena Tillit Roig, con retención de su cargo de Sub Gerente de Organización Electoral Desconcentrada, el despacho de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, desde el 01 de enero de 2019 hasta la culminación del ejercicio fi scal 2019 o la designación de su titular; Al respecto, el artículo 57 del Reglamento Interno de Trabajo de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 172-2014-J/ONPE y su modi fi catoria, establece que “Mediante el encargo se designa a un trabajador el desempeño de funciones de responsabilidad directiva dentro de la institución. (…)”. Adicionalmente, el mismo artículo señala “El encargo es temporal, excepcional, fundamentado, no podrá exceder el período presupuestal (…) deberá ser aprobado por Resolución Jefatural cuando se trate de cargos con nivel gerencial (…)”. Según lo señalado en los informes de vistos, en atención a las necesidades de la institución y a que, la situación por la que se dispuso los encargos de las resoluciones citadas en los párrafos precedentes, no ha variado; resulta necesario renovar la designación de los responsables, señor Elar Juan Bolaños Llanos y señora María Elena Tillit Roig, en los despachos de las Gerencias General y de Organización Electoral y Coordinación Regional, respectivamente, en los mismo términos; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; en los literales s) y v) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000246-2019-JN/ONPE; así como, en el artículo 12 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Con el visado de la Gerencia General, Secretaría General, la Gerencia Corporativa de Potencial Humano y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar al señor ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS, Gerente de Planeamiento y Presupuesto, con retención de su cargo, el despacho de la Gerencia General, desde el 01 de enero de 2020 hasta la culminación del ejercicio fi scal 2020 o hasta la designación de su titular.