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3 NORMAS LEGALES Lunes 7 de enero de 2019 El Peruano / para la Explotación de Servicios Públicos de la O fi cina Registral de Lima ha sido observada en razón a que en la Cláusula Segunda de dicha Adenda se hace referencia a “la incorporación del Anexo N° 11; sin embargo, esto no se menciona en el texto de la Resolución Ministerial N° 064-2018-MEM/DM; Que, de acuerdo con los informes de Vistos de la DGE, esta ha veri fi cado que el Anexo N° 11 que contiene el Cronograma de Ejecución de Obras se incorporó al CONTRATO mediante la suscripción de la Adenda N° 2, aprobada por Resolución Suprema N° 064-2014-EM; por lo que corresponde que mediante la Adenda N° 4 el citado Anexo N° 11 sea “modi fi cado” mas no “incorporado”; Que, asimismo, los informes de Vistos de la DGE consideran que a fi n de subsanar la observación registral, es necesario incluir en el texto del Artículo 2 de la parte resolutiva de la Resolución Ministerial N° 064-2018-MEM/DM, que la Adenda N° 4 modi fi ca el Anexo N° 11; Que, mediante los informes de Vistos de la OGAJ, esta concluye en la viabilidad legal de lo propuesto por la DGE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modi fi caciones, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014 y sus modi fi catorias, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del texto del Artículo 2 de la parte resolutiva de la Resolución Ministerial N° 064-2018-MEM/DM, según el siguiente texto: “(…), en consecuencia aprobar la Adenda N° 4 al Contrato de Concesión N° 002-94 que modi fi ca los Anexos N° 3, N° 4 y N° 11”. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la nueva Minuta de la Adenda N° 4 al Contrato de Concesión N° 002-94 como resultado de lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente Resolución, así como a suscribir la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la nueva Escritura Pública de la Adenda N° 4 al Contrato de Concesión N° 002-94, referida en el artículo precedente en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Luz del Sur S.A.A., de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1727895-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director de la Dirección de Políticas en Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 002-2019-CONADIS/PRE Lima, 4 de enero de 2019VISTO: El Memorando N° 002-2019-CONADIS/PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera, el cual es además pliego presupuestario; Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, establece que la estructura orgánica del CONADIS está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 305- 2016-MIMP, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del CONADIS, documento de gestión institucional que contiene los cargos de fi nidos y aprobados sobre la base de su estructura orgánica; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 102-2018-CONADIS/PRE se encarga a la abogada Laura Rosa Adela Ruiz Pimentel para que desempeñe el puesto de Directora de la Dirección de Políticas en Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; Que, con documento de visto, se dispone designar al abogado Luis Edgardo Vásquez Sánchez en el cargo de Director de la Dirección de Políticas en Discapacidad, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, el mismo que, además deberá dejar sin efecto la Resolución de Presidencia N° 102-2018-CONADIS/PRE; Con la visación de la Secretaría General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011- PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS,