Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2019 (07/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 7 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Administración en Oficio Nº 1102-2018-DIGA-UNFV de fecha 24.09.2018 y estando a lo dispuesto por el señor Rector en Proveído Nº 4568-2018-R-UNFV de fecha 25.09.2018, el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 63 de fecha 05.10.2018, acordó autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Dr. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO, Rector de esta Casa de Estudios Superiores, para participar en el Programa y Actividades de conmemoración de los 20 años del Acuerdo de Paz entre Ecuador y Perú y la suscripción de un Convenio Marco con la Universidad Técnica de Machala (UTMACH), que tendrán lugar en la ciudad de Machala, Loja ­ Ecuador, a partir del 30 de Octubre al 01 Noviembre de 2018. Encargando el Despacho del Rectorado, en adición a sus funciones, al Dr. Víctor Manuel Pinto de la Sota Silva Vice Rector Académico, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad; la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2017-CUUNFV de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Dr. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO, Rector de esta Casa de Estudios Superiores, para participar en el Programa y Actividades de conmemoración de los 20 años del Acuerdo de Paz entre Ecuador y Perú y la suscripción de un Convenio Marco con la Universidad Técnica de Machala (UTMACH), que tendrán lugar en la ciudad de Machala, Loja ­ Ecuador, a partir del 30 de Octubre al 01 Noviembre de 2018. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Lic. JAVIER ALBERTO BARREDA JARA, Director de la Editorial Universitaria de esta Casa de Estudios Superiores, a la ciudad de Machala, Loja ­ Ecuador, concediéndole la correspondiente licencia con goce de haber a partir del 30 de Octubre al 01 Noviembre del presente año. Artículo Tercero.- Encargar el Despacho del Rectorado, en adición a sus funciones, al Dr. VICTOR MANUEL PINTO DE LA SOTA SILVA, Vice Rector Académico, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Dirección General de Administración, otorgue al Dr. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO, Rector de esta Universidad y al Lic. JAVIER ALBERTO BARREDA JARA, Director de la Editorial Universitaria, los respectivos pasajes y viáticos por tres (03) días, quienes viajarán para participar en el evento citado en el Artículo Primero de la presente resolución, con cargo al Presupuesto de la Oficina Central de Relaciones Nacionales e Internacionales y Cooperación Técnica, financiado con Recursos Directamente Recaudados, conforme al siguiente detalle: Presupuesto de Gastos SUBVENCIÓN ­ MOVILIDAD DOCENTE INTERNACIONAL MISIÓN OFICIAL SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO MARCO Y ACTIVIDADES POR LOS 20 AÑOS DE ACUERDO DE PAZ ENTRE ECUADOR Y PERÚ (En Soles)
Específica Concepto 2.3.21.11 Detalle Total (S/ )

Universidad, publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración; así como la Oficina Central de Planificación, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVÁN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1728613-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman resolución que declaró infundada tacha interpuesta contra solicitud de inscripción de candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto
RESOLUCIÓN Nº 2245-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018022996 BELÉN - MAYNAS - LORETO JEE MAYNAS (ERM.2018020782) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, dieciséis de agosto de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Elí Chávarri Tello en contra de la Resolución Nº 747-2018-JEE-MAYN/JNE, de fecha 22 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Maynas, que declaró infundada la tacha interpuesta contra la solicitud de inscripción de Gerson Lecca García, candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, presentada por la organización política Restauración Nacional, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES El 19 de junio de 2018, Roberto Danilo Tello Pezo, personero legal titular de la organización política Restauración Nacional, presentó la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a la Municipalidad Distrital de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Mediante la Resolución Nº 00370-2018-JEE-MAYN/ JNE, del 30 de junio de 2018, el Jurado Electoral de Maynas (en adelante, JEE) admitió la lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de Belén de la aludida organización política. Dicha lista incluyó como candidato a alcalde a Gerson Lecca García. El 13 de julio de 2018 el ciudadano Elí Chávarri Tello formula tacha contra Gerson Lecca García, candidato a la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Belén, por la organización política Restauración Nacional, alegando que: a) El acta de elección interna carece de validez en tanto que no señala la modalidad empleada para la elección de candidatos; y no indica el nombre completo, número de DNI y firma de los miembros del comité electoral o integrantes del órgano colegiado que haga sus veces. b) La organización política, luego de realizada su convocatoria a elecciones internas y aprobado su cronograma electoral el 5 de marzo de 2018, realizó 3 modificaciones a su cronograma electoral con fechas

Pasajes y Lima ­ Tumbes ­ Lima U$ 150 x S/ 3.35 x 2 1 005.00 Gastos de Transporte Tumbes ­ Machala ­ Tumbes U$ 50 x S/ 335.00 Internacional 3.35 x 2 Viáticos Por 03 días Internacionales Pasajes y Movilidad local Gastos de Transporte TOTAL U$ 380 x S/ 3.35 x 3 x 2 7 638.00

2.3.21.12

2.3.21.21

300.00

9 278.00

Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional de esta

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