Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2019 (08/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de febrero de 2019 /

El Peruano

Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de la Producción y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior ANA MARÍA ALEJANDRA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones JAVIER ROMÁN PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1739441-1

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de las provincias de Tacna, Tarata, Candarave y Jorge Basadre, del departamento de Tacna, por desastre a consecuencia de deslizamientos y huaicos, debido a intensas precipitaciones pluviales
DECRETO SUPREMO Nº 017-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.1 del artículo 9 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de

Desastres", aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación; Que, mediante el Oficio Nº 043-2019-OSNDCI GR/GOB.REG.TACNA del 05 de febrero de 2019, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, la declaratoria del Estado de Emergencia en varios distritos de las provincias de Tacna, Tarata, Candarave y Jorge Basadre, del departamento de Tacna, por desastre a consecuencia de deslizamientos y huaicos debido a intensas precipitaciones pluviales; Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) emite opinión sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fin emite el informe técnico respectivo; Que, mediante el Oficio Nº 547-2019-INDECI/5.0 de fecha 07 de febrero de 2019, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite y hace suyo el Informe Técnico Nº 00006-2019-INDECI/11.0, de fecha 06 de febrero de 2019, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha Entidad, mediante el cual se informa que a raíz de las intensas precipitaciones pluviales registradas en el departamento de Tacna; además del huaico de gran consideración ocurrido en el Centro Poblado de Chucatamani, distrito de Héroes de Albarracín, provincia de Tarata; en evaluaciones realizadas por personal técnico en el terreno, se evidencia también que en la carretera Panamericana perteneciente a la red vial nacional y en otras vías menores, se han producido varios deslizamientos que abarcan varias zonas de distritos ubicados en las provincias de Tacna, Tarata, Candarave y Jorge Basadre, siendo necesario que se desarrolle la evaluación de daños y análisis de necesidades complementario; Que, asimismo, se indica en el citado Informe Técnico que el volumen de las lluvias ha originado el incremento del caudal del Río Sama, Uchusuma, Calientes, Seco, entre otros, hecho que ha ocasionado desbordes, daño en las bocatomas, erosión e inundación de cultivos, afectación de viviendas, de la infraestructura vial y de servicios de agua y desagüe, entre otros, resultando necesario la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado; Que, para la elaboración del Informe Técnico Nº 00006-2019-INDECI/11.0 y sus conclusiones, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), ha tenido en consideración los siguientes documentos: (i) el Oficio Nº 043-2019- OSNDCI GR/GOB. REG. TACNA del 05 de febrero de 2019; (ii) el Oficio Nº 171-2019- GRPPAT/ GOB. REG. TACNA del 06 de febrero de 2019; (iii) el Informe Nº 023-2019-OSDNCI/ GOB. REG. TACNA del 04 de febrero de 2019 del Gobierno Regional de Tacna, y (iv) el Reporte Complementario Nº 372-06/02/2019/ COEN-INDECI del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, asimismo, en el Informe Técnico Nº 00006-2019-INDECI/11.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) señala que las acciones de respuesta realizadas en las zonas afectadas son insuficientes; indicando que al haberse sobrepasado la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Tacna, y por los daños ocasionados por los deslizamientos y huaicos ocurridos a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, resulta necesaria la intervención del Gobierno Nacional; opinando por la procedencia de la solicitud y recomendando que se declare el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario, teniendo en consideración la complejidad y magnitud de la solución de la misma; así como la duración del periodo de lluvias, en varios distritos de las provincias de Tacna, Tarata, Candarave y Jorge Basadre, del departamento de Tacna, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por desastre a consecuencia de deslizamientos y huaicos debido a

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