Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2019 (23/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de febrero de 2019 /

El Peruano

Autorizan a la EEDE GMoney S.A. el traslado de oficina principal, ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 0536-2019 Lima, 11 de febrero de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la EEDE GMoney S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de la oficina principal, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud, la que tras la evaluación realizada se ha encontrado conforme; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018, la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EEDE GMoney S.A. el traslado de la oficina principal de la Av. Camino Real 390, Torre Central Oficina 901B, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, a Jirón Camaná 320, Piso 6, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1743354-1

Que, mediante Resolución SBS N° 0431-2019 se expide y otorga el Certificado N° IN-047, con la dirección de la nueva agencia referida en la presente Resolución, resultando que la dirección fue informada con una numeración errónea, motivo por el cual es necesario corregir la Resolución N° 0431-2019; Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-98EF, dispone que los procedimientos que se sigan ante la Superintendencia se ajustan a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley N° 27444; Que, el artículo 201° de la citada norma establece que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, mediante la documentación de Vista, corresponde rectificar los datos a lo mencionado en el segundo considerando de la presente resolución; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Rectificar la Resolución SBS N° 0431-2019 de fecha 1 de febrero de 2019, en la parte referida a la numeración de la nueva dirección de acuerdo a lo señalado en el artículo primero de dicha Resolución, correspondiente a AFP Integra en los términos siguientes:
Dice: Av. Fátima N° 511 Lote 08 Tercera Etapa, Urbanización La Merced Distrito y Provincia de Trujillo Debe decir: Av. Fátima N° 551 Lote 08, Tercera Etapa, Urb. La Merced, Departamento de La Libertad, Provincia y Distrito de Trujillo

Artículo Segundo.- Notifíquese la presente resolución a AFP Integra. Regístrese, comuníquese y publíquese SANDRA CANO VÉLEZ Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales (a.i) 1743802-1

Rectifican la Res. SBS N° 0431-2019, en la parte referida a la numeración de nueva dirección
RESOLUCIÓN SBS N° 0548-2019 Lima, 12 de febrero de 2019 LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La Resolución SBS N° 0431-2019 de fecha 01 de febrero de 2019, que autoriza a AFP Integra, la apertura de la nueva Agencia ubicada en avenida Fátima N° 511 Lote 8 Tercera Zona Urb. La Merced, Departamento de La Libertad, Provincia y Distrito de Trujillo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 0431-2019 se autoriza a AFP Integra la apertura de la nueva Agencia ubicada en avenida Fátima N° 511 Lote 8 Tercera Zona Urb. La Merced, Departamento de La Libertad, Provincia y Distrito de Trujillo;

Autorizan a Banco Ripley Perú S.A el cierre de una agencia y dos oficinas especiales ubicadas en la Provincia Constitucional del Callao y en la Provincia de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 0551-2019 Lima, 12 de febrero de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Banco Ripley Perú S.A. (en adelante, el Banco) para que se le autorice el cierre de una (1) agencia y dos (02) oficinas especiales, según se detalla en el anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;

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