Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2019 (23/02/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Sábado 23 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

91

encuentra enmarcada en el ámbito de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General

1



ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente hábil (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 7 de junio de 2018, Víctor Salas Gibaja, regidor del Concejo Distrital de Maranura, provincia de La Convención, departamento de Cusco, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2018MDM/LC, de fecha 20 de julio de 2018 (fojas 2 a 3), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor Víctor Salas Gibaja presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, por lo que, para completar el número de regidores, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a Zoraida Guillén Barra, identificada con DNI Nº 24718208, candidata no proclamada de la organización política Fuerza Inka Amazónica, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Urubamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Víctor Salas Gibaja, regidor del Concejo Distrital de Maranura, provincia de La Convención, departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Zoraida Guillén Barra, identificada con DNI Nº 24718208, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Maranura, provincia de La Convención, departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1743841-13

1743841-12

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Maranura, provincia de La Convención, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN Nº 2900-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00734 MARANURA - LA CONVENCIÓN - CUSCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, once de setiembre de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 201-2018-MDM/LC/AL, presentado por el 27 de agosto de 2018, por Wilman Caviedes Choque, alcalde de la Municipalidad Distrital de Maranura, provincia de La Convención, departamento de Cusco, mediante el cual se comunica que el regidor Víctor Salas Gibaja ha solicitado licencia sin goce de haber. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que desean ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Ticaco, provincia de Tarata, departamento de Tacna
RESOLUCIÓN Nº 2901-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00673 TICACO - TARATA - TACNA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, once de setiembre de dos mil dieciocho.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.