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9 NORMAS LEGALES Sábado 20 de julio de 2019 El Peruano / Que, en tal sentido, se estima por conveniente encargar el programa de inversión denominado “Recuperación del Patrimonio Cultural de los Centros Históricos de Lima, Arequipa, Trujillo y Ayacucho”, así como los proyectos de inversión que lo integren, a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Encargar a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003: Ministerio de Cultura, el programa de inversión denominado “Recuperación del Patrimonio Cultural de los Centros Históricos de Lima, Arequipa, Trujillo y Ayacucho”, con código único 2406702, así como los proyectos de inversión que lo integren. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Ministro de Cultura 1790495-1 Designan Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 288-2019-MC Lima, 19 de julio de 2019CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial Nº 204-2017-MC, el mismo que ha sido reordenado con Resoluciones Ministeriales Nº 506-2017-MC, Nº 306-2018-MC, Nº 439-2018-MC, Nº 150-2019-MC y Nº 270-2019-MC, el cargo de Director/a General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura es considerado de con fi anza; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 041- 2019-MC, se designó a la señora Lyda Lizbeth Casas Salazar en el cargo de Directora de Programa Sectorial IV - Directora General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura; Que, la citada servidora ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptarla y designar a la persona que asumirá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Lyda Lizbeth Casas Salazar al cargo de Directora de Programa Sectorial IV - Directora General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Luis Felipe Mejía Huamán en el cargo de Director de Programa Sectorial IV - Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Ministro de Cultura 1790501-1 Aprueban expediente técnico de delimitación del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 120-2019-VMPCIC-MC Lima, 18 de julio de 2019VISTOS, el Informe N° D000135-2019-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y los Informes N° D000150-2019-DSFL/MC, N° D000023-2019-DSFL-HHP/MC y N° 000009-2019-NPP/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están protegidos por el Estado; Que, asimismo, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, dispone que es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 14 de la Ley antes acotada, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus competencias la de formular, coordinar, ejecutar, y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1826/INC de fecha 30 de noviembre de 2009, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación, entre otros, al Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de