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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2019 (26/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2019 / El Peruano Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (…)”; Que, el documento técnico normativo “Compendio Técnico Normativo de Certi fi cación Profesional” aprobado por Resolución Nº 090-2015-COSUSINEACE/CDAH-P, incluye las “Directrices para la identi fi cación y normalización de competencias con fi nes de certi fi cación profesional”, en la que se establecen los pasos para la normalización de competencias; Que, el literal b) del numeral 6.1 del citado Compendio señala que es un requisito para autorizar a una entidad certi fi cadora, disponer de un conjunto de instrumentos que permitan realizar la evaluación y certi fi cación de competencias laborales y/o profesionales actualizadas de la profesión, elaborados de acuerdo a los análisis funcionales elaborados según parámetros nacionales e internacionales de evaluación y certi fi cación de competencias, materializándose, entre otros, en las Normas de Competencia de Profesionales; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Superior, tomando como base lo contenido en el Informe N°000102-2019-SINEACE/P-DEC-ES-CCH, propone la aprobación de siete (7) Normas de Competencia e instrumentos de evaluación de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados de Gestión de Recursos Humanos, las cuales se detallan a continuación: N° Código Estándar o norma de competencia 1 NCP 2.1-RRII-RRHH-EC-2.1.1 Establecer las políticas. Procesos, procedimientos e instrumentos necesarios para las diferentes fases y etapas de la gestión de los recursos humanos de la organización, de acuerdo a la cultura organizacional y las técnicas correspondientes. 2 NCP 2.1-RRII-RRHH-EC-2.1.2 Dirigir el proceso de gestión de los recursos humanos de la organización de acuerdo a los procesos implementados. 3 NCP 3.1-RRII-RRHH-EC-3.1.1 Diseñar la estructura de remuneración de los recursos humanos de conformidad a las políticas, planes y programas de incentivo de la organización. 4 NCP 3.1-RRII-RRHH-EC-3.1.2 Implementar los subsistemas de compensación y bienestar social de conformidad a la legislación vigente y a la política social de la organización. 5 NCP 3.1-RRII-RRHH-EC-3.1.3 Adecuar los sub sistemas de seguridad social de jubilación y de salud conforme a la legislación que rige el Sistema Nacional de Pensiones (ONP), Sistema Privado de Pensiones (SPP), EsSalud y EPS. 6 NCP 3.2-RRII-RRHH-EC-3.2.1 Desarrollar los programas de compensaciones, bienestar de personal, seguridad social y salud e higiene ocupacional, en bene fi cio de los trabajadores, de acuerdo a la ergonomía y criterios técnicos modernos, así como a lo plani fi cado y establecido por la organización. 7 NCP 3.2-RRII-RRHH-EC-3.2.2 Evaluar el cumplimiento de los programas antes mencionados, de conformidad con los criterios técnicos pertinentes y a lo plani fi cado. Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, en sesión de fecha 17 de julio 2019, llegó al Acuerdo N°072-2019-CDAH, mediante el cual se aprobaron siete (7) Normas de Competencia Profesionales de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados de Gestión de Recursos Humanos; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Superior, O fi cina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220 Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- Ofi cializar el Acuerdo N°072-2019-CDAH de sesión de fecha 17 de julio 2019, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó siete (7) Normas de Competencia Profesionales de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados en Gestión de Recursos Humanos, las que en anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1791897-2 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2019” a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 213-2019-INEI Lima, 12 de julio de 2019 Visto el O fi cio Nº 1474-2019/INEI-DNCE y el Informe Nº 056-2019-INEI-DNCE/DECEEE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando la aprobación de la Encuesta Económica Anual 2019. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI, ente rector del Sistema Estadístico Nacional, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas ofi ciales a nivel regional y nacional; Que, mediente informe N° 056-2019-INEI-DNCE/ DECEEE del 26 de junio de 2019, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas informa que, para fi nes de medición de la actividad económica - fi nanciera de los sectores económicos del país, es necesario realizar a nivel nacional la Encuesta Económica Anual 2019, dirigida a una muestra representativa de empresas de los sectores siguientes: Comercio; Servicios; Universidades no Estatales; Instituciones Educativas de Gestión Privada; Pesca Transformativa, Extractiva y Acuicultura; Actividades de Agencias de Viaje, Organizadores de Viaje y de Asistencia a Turistas; Actividades de Hospedajes; Actividades de Servicios de Comidas y Bebidas; Manufactura; Agroindustria; Construcción; Transportes y Comunicaciones; Hidrocarburos y Servicios Eléctricos. Que, la Encuesta Económica Anual 2019, permitirá obtener información económica - fi nanciera, indispensable para la elaboración de las variables macroeconómicas e indicadores económicos - fi nancieros por actividad económica, que con tribuyan a un mejor conocimiento de la realidad económica sectorial y nacional, además de la adopción de medidas que sirvan de base para mejorar la producción de estadísticas económicas del Sistema Estadístico Nacional; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas en coordinación con los Órganos encargados de la producción estadística de los ministerios correspondientes, ha llevado a cabo las actividades de planeamiento; así como la de fi nición y contenido de los formularios electrónicos