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82 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2019 / El Peruano Décimo.- NOTIFICAR la presente resolución y el Informe técnico de licenciamiento N° 022-2019-SUNEDU-02-12 a la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, realizar el trámite correspondiente. Décimo Primero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Décimo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y el Informe técnico de licenciamiento N° 022-2019-SUNEDU-02-12, en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1792491-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por causa física permanente a Jueza titular del Juzgado de Paz Letrado de Cañete, Corte Superior de Justicia de Cañete RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 211-2019-CE-PJ Lima, 22 de mayo de 2019 VISTO:El O fi cio Administrativo Nº 1683-2017-0A-OP-CSJCÑ/ PJ, cursado por el Administrador de la Corte Superior de Justicia de Cañete. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Administrador de la Corte Superior de Justicia de Cañete mediante O fi cio Administrativo Nº 1683-2017-OA-OP-CSJCÑ/PJ remite el expediente administrativo que contiene el Informe Médico de Incapacidad de la magistrada María de los Milagros Luyo Sánchez, por el cual la Comisión Médica del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins señala que la naturaleza de la incapacidad es no temporal; además, remite fotocopia del O fi cio N° 873-2017-SRB-GRHB-GG/ PJ, cursado por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar del Poder Judicial. Segundo. Que, por Resolución N° 245-2005-CNM de fecha 28 de enero de 2005, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró a la señora María De los Milagros Luyo Sánchez, en el cargo de Jueza de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Cañete. Tercero. Que el numeral 7) del artículo 107° de la Ley de la Carrera Judicial, establece que el cargo de juez termina por causa física o mental permanente, debidamente comprobada; que impida el ejercicio de la función jurisdiccional. Cuarto. Que la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial en el Informe N° 178-2018-GRHB-GG-PJ establece que: 1. El régimen pensionario de la señora María De Los Milagros Luyo Sánchez, Jueza titular del Juzgado de Paz Letrado de Cañete, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, es el Decreto Ley N° 25897, Ley de Creación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones. 2. El referido régimen pensionario prevé la fi gura de la jubilación por invalidez por razones de salud y no corresponde en estos casos la jubilación anticipada, previo cumplimiento de los requisitos de ley por parte de la titular. 3. Que en base a los documentos pertinentes como el Dictamen N° 316-2018 para el otorgamiento de la pensión de invalidez cali fi cada al 74% sobre el estado de salud de la Jueza de Paz Letrado María de los Milagros Luyo Sánchez, corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, previa evaluación, expedir la resolución administrativa correspondiente de cese. En consecuencia; estando al informe antes referido; y en mérito al Acuerdo N° 666-2019 de la vigésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidias Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Cesar por causa física permanente, debidamente comprobada, que impide el ejercicio de la función jurisdiccional; a la señora María de los Milagros Luyo Sánchez, en el cargo de Jueza titular del Juzgado de Paz Letrado de Cañete, Corte Superior de Justicia del mismo nombre. Artículo Segundo.- Expresar agradecimiento institucional a la señora María de los Milagros Luyo Sánchez, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante Juez de Paz Letrado en la Corte Superior de Justicia de Cañete, para las acciones respectivas. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Cañete, Gerencia General del Poder Judicial; y a la mencionada jueza, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1792499-1 Prorrogan funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial Itinerante del Distrito Judicial del Santa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 284-2019-CE-PJ Lima, 17 de julio de 2019VISTO:El O fi cio N° 376-2019-P-UETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa remite propuesta de prórroga de funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial Itinerante, para continuar con el apoyo