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20 NORMAS LEGALES Sábado 8 de junio de 2019 / El Peruano destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de junio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1777506-5 Modifican Anexos y Guía Nº 01/GL de la Directiva Nº 002-2019-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, aprobadas mediante la R.D. Nº 004-2019-EF/50.01 y modificatoria RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2019-EF/50.01 Lima, 5 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 004- 2019-EF/50.01, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 017-2019-EF/50.01, se aprobó la Directiva Nº 002-2019-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, así como sus anexos, fi chas, formatos y guía, en las que se regula, entre otras acciones, la información que las entidades presentan a la Dirección General de Presupuesto Público para efectos de la Programación Multianual y Formulación Presupuestaria; Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, es necesario modi fi car la Directiva Nº 002-2019-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria” respecto a los plazos establecidos en los Anexos Nº 1-A/GNyR - Cuadro de Plazos de Hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Nº 1-B/GNyR - Cuadro de Plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Nº 1-A/GL - Cuadro de Plazos de Hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales; Nº 1-B/GL - Cuadro de Plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales; así como las fechas de las reuniones que se han establecido en el Anexo Nº 4/GNyR - Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, a fi n que los pliegos puedan disponer de un mayor plazo para el registro y presentación de forma adecuada, con fi able y oportuna de su propuesta de Programación Multianual, la misma que es un insumo relevante para las reuniones de sustentación; Que, asimismo es necesario modi fi car el Anexo Nº 1/ETE – Cronograma de Reuniones de Programación Multianual Presupuestaria de los Organismos Públicos y Empresas no Financieras (ETE) de los Gobiernos Regionales y Locales; y la Guía Nº 01/GL – Lineamientos para el registro del gasto de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, de la Directiva Nº 002-2019-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, a fi n de brindar facilidades para la elaboración de la información requerida en las reuniones de sustentación de las ETE, y mejorar la trazabilidad del registro de la información de los Gobiernos Locales, respectivamente; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1. Modi fi car los Anexos Nº 1-A/GNyR - Cuadro de Plazos de Hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Nº 1-B/GNyR - Cuadro de Plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Nº 1-A/GL - Cuadro de Plazos de Hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales; Nº 1-B/GL - Cuadro de Plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales; Nº 4/GNyR - Cronograma de Reuniones para la sustentación de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; y Nº 1/ETE – Cronograma de Reuniones de Programación Multianual Presupuestaria de los Organismos Públicos y Empresas no Financieras (ETE) de los Gobiernos Regionales y Locales, de la Directiva Nº 002-2019-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 004-2019-EF/50.01 y modi fi catoria, conforme a los Anexos que forman parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2. Modificar el literal d) de la Guía Nº 01/GL – Lineamientos para el registro del gasto de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de la Directiva Nº 002-2019-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 004-2019-EF/50.01 y modificatoria, conforme al Anexo Nº 1 – Modificación de la Guía Nº 01/GL de la Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria, que forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 3. La presente Resolución Directoral se publica en el Diario O fi cial El Peruano. La presente Resolución Directoral, los Anexos a los que se re fi ere el artículo 1 y el Anexo a que se re fi ere el artículo 2 de esta Resolución Directoral, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Artículo 4. La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Directora GeneralDirección General de Presupuesto Público 1777511-1