Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2019 (08/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 8 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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ENERGIA Y MINAS
Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Hidrocarburos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 172-2019-MEM/DM Lima, 7 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, por convenir al servicio de este Ministerio, es necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 0312007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Roberto Arturo Ortiz Villavicencio, en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1777476-1

Autorizan viaje de profesional de la Dirección General de Electricidad a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 174-2019-MEM/DM Lima, 7 de junio de 2019 VISTOS: Los expedientes N° I-9120-2019 y N° I-8346-2019; el Informe N° 117-2019-MEM-OGA/ OFIN, de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Técnico N° 016-2019-MEMDGE/DEPE, de la Dirección de Estudios y Promoción Eléctrica de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 103-2019-MEM/OGPP-OPPIC, de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 5652019-MEM/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta SEJ-201901000001111, del 02 de mayo de 2019, Carta SEJ-201901000001181, del 09 de mayo de 2019 y Circular SEJ-201901000000084, del 16 de mayo de 2019, el Secretario Ejecutivo del Organismo Latinoamericano de Energía (OLADE), cursó invitación al Ministerio de Energía y Minas, para participar en la LII Sesión Ordinaria de la Junta de Expertos de OLADE, la V Reunión Extraordinaria de Ministros, la V Sesión de Junta de Expertos y los eventos técnicos; respectivamente, a

realizarse del 11 al 13 de junio de 2019, en la ciudad de Quito, República de Ecuador; Que, el Organismo Latinoamericano de Energía (OLADE) es un organismo de carácter público intergubernamental, constituido el 2 de noviembre de 1973, mediante la suscripción del Convenio de Lima. Dicha organización se constituye en un organismo de cooperación, coordinación y asesoría, con personería jurídica propia, que tiene como propósito fundamental la integración, protección, conservación, racional aprovechamiento, comercialización y defensa de los recursos energéticos de la Región; Que, el objetivo de las reuniones es la revisión y aprobación de los Reglamentos de Contribuciones de Países Miembros, Observadores Permanentes y Miembros no Plenos de OLADE, los cuales ayudarán al fortalecimiento económico de este Organismo; además se abordaran temas de suma importancia para el sector energía, como es el tema de las energías renovables en la educación; cambio climático y su efecto en el sector hidroeléctrico; Que, por Memo-0183-2019/MEM-VME, el despacho Viceministerial de Electricidad, otorgó conformidad a la designación del señor Alan Guillermo Campos Tarazona, profesional de la Dirección General de Electricidad, a efectos de participar en las reuniones y eventos técnicos, mencionados líneas arriba; Que, de acuerdo con el Informe Técnico N° 016-2019-MEM-DGE/DEPE, la Dirección General de Electricidad señala que, actualmente el Estado Peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas es el Presidente de OLADE, por lo que le corresponde asumir un rol participativo en estas reuniones que tienen carácter técnico­administrativo, más aun tratándose de la revisión y aprobación de los Reglamentos de Contribuciones de Países Miembros, Observadores Permanentes y Miembros no Plenos de OLADE, los cuales ayudarán al fortalecimiento de dicho Organismo; Que, mediante Informe N° 103-2019-MEM/OGPPOPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que las reuniones convocadas son compatibles con los objetivos y lineamientos de política del sector, recogidas en el Plan Estratégico Sectorial Multianual ­ PESEM 2016-2021 y el Plan Estratégico Institucional ­ PEI 2017-2019, actualizados mediante Resolución Ministerial N° 533-2016-MEM/DM y que la participación de un representante del Ministerio de Energía y Minas implica disponibilidad presupuestal por parte de la entidad; Que, por Informe N° 117-2019-MEM-OGA/OFIN, emitido por Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, se señala que el viaje del representante del Ministerio de Energía y Minas cuenta con las respectivas Certificaciones de Crédito Presupuestario, a cargo del Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, para atender el gasto por concepto de pasajes aéreos internacionales y el gasto por viático para viajes en comisión de servicios internacional; Que, por Informe N° 565-2019-MEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable para autorizar el viaje al exterior del servidor público designado; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, además, se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes

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