Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2019 (08/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de junio de 2019 /

El Peruano

Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 124-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se señala que han evaluado los saldos disponibles y la proyección de ejecución de los recursos sustentado por el IMARPE y la situación de los PIPs a ser financiados, por lo que se emite opinión favorable, en materia presupuestaria, para financiar, tres (03) estudios de preinversión iniciados en el año 2018, dos (02) estudios de preinversión nuevos, un (01) expediente técnico del PIP con código unificado 2305978 y los estudios ambientales para la certificación ambiental de los PIPs hasta por la suma de S/ 1 883 463,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES); Que, en ese sentido, se propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la transferencia financiera a favor del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú­IMARPE, para financiar las intervenciones que se detallan en el considerando precedente hasta por la suma de S/ 1 883 463,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, para lo cual se cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; y, la Directiva N° 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01 y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Instituto del Mar del Perú­IMARPE Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 1 883 463,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú­IMARPE, destinada a financiar tres (03) estudios de preinversión iniciados en el año 2018, dos (02) estudios de preinversión nuevos, un (01) expediente técnico del PIP con código unificado 2305978 y los estudios ambientales para la certificación ambiental de los PIPs que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial

no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Implementación, seguimiento y evaluación La Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos transferidos por la presente Resolución, debiendo informar trimestralmente al Titular de la Entidad sobre el uso de dichos recursos. Artículo 5.- Información El Instituto del Mar del Perú­IMARPE, a través de su Oficina de Planeamiento y Presupuesto, es el responsable de informar al Ministerio de la Producción, sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron transferidos los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Administración, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción y al Director Ejecutivo Científico del Instituto del Mar del Perú­IMARPE, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la misma fecha de publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1777504-1

RELACIONES EXTERIORES
Declaran de interés nacional el Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 100-2019-RE Lima, 7 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, es un objetivo estratégico de la Política Exterior del Perú, profundizar los vínculos con los países de la región, con énfasis en los países vecinos; Que, la relación con el Estado Plurinacional de Bolivia se basa en intereses compartidos en distintos ámbitos, de manera especial, en medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos; en seguridad y defensa; el desarrollo económico; las políticas sociales; los asuntos culturales y educativos; así como, la infraestructura para la integración y el desarrollo, entre otros aspectos de interés; Que, asimismo, ambos países se proyectan al mundo a través de espacios de integración, como la Comunidad Andina, buscando potenciar sus capacidades para impulsar el desarrollo social; Que, es de sumo interés de ambos países profundizar las relaciones bilaterales; Que, con el fin de dinamizar los temas de la agenda bilateral, desde el 2015 se vienen celebrando Gabinetes Binacionales de Ministros, como un mecanismo de

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