Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2019 (11/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 11 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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no se encuentra previsto en la norma adjetiva (Código Procesal Civil). Noveno. Que, adicionado a ello, la Comisión Nacional tendrá la finalidad de centralizar y coordinar todas las acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema oral, como es el caso de la ejecución de jornadas de capacitación, ello considerando que la aplicación del sistema oral requiere un cambio de mentalidad y de actitud del juez en el desenvolvimiento y conducción de las audiencias, siendo necesario lograr la formación de magistrados expeditivos, dinámicos, empáticos y responsables; capacitación que debe hacerse extensivo al personal jurisdiccional. Décimo. Que estando a lo expuesto, resulta pertinente aprobar la creación de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, conforme a la propuesta del señor Consejero Responsable de la Comisión encargada de la ejecución y supervisión del "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles". Décimo Primero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 699-2019 de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Alegre Valdivia por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la conformación de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial. Artículo Segundo.- Integrar la referida Comisión Nacional con los siguientes miembros: · Héctor Enrique Lama More, Juez Supremo titular e Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quien la presidirá. · Ramiro Bustamante Zegarra, Juez Supremo Provisional, como Coordinador convocado por el Presidente de la Comisión. · Gerente General del Poder Judicial. · Gerente de Servicios Judiciales y Recaudación del Poder Judicial; y · Gerente de Informática del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Autorizar la contratación de cuatro plazas en la modalidad CAS, como personal de apoyo a la Comisión designada. Artículo Cuarto.- La Comisión Nacional, para su aprobación, propondrá al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, lo siguiente: · Proyecto de Reglamento que contenga las funciones de la Comisión Nacional y la Comisión Técnica Distrital, en el marco de la implementación, supervisión y monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial. · Proyecto de Diseño y Funcionamiento del Módulo Corporativo Civil, en atención de la Oralidad Civil en las Cortes Superiores. · Plan de Actividades de la Comisión para el año 2019. · Cronograma de Implementación de la Oralidad Civil en las Cortes Superiores, a nivel nacional. Artículo Quinto.- Trascribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Comisión encargada de la ejecución y supervisión del "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles", integrantes de la Comisión designada; y a la

Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1777750-1

Aprueban el "Plan para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 233-2019-CE-PJ Lima, 29 de mayo de 2019 VISTOS: El Oficio N° 2605-2019-SG-CS-PJ, cursado por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República remitiendo el Oficio Nº 441-2019-GG-PJ, del Gerente General del Poder Judicial, mediante el cual presenta la propuesta denominada "Plan para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial". CONSIDERANDO: Primero. Que, el artículo 1º, numeral 1.1), de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización, en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; sin afectar los niveles de autonomía que les confiere la ley. Segundo. Que, por Decreto Supremo Nº 004-2013PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, cuyo objetivo general es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública con resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; siendo uno de sus objetivos específicos implementar la gestión por procesos y promover la simplificación administrativa en todas las entidades públicas, a fin de generar resultados positivos en la mejora de los procesos y servicios orientados a los ciudadanos. Tercero. Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, se aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, que tiene por objeto desarrollar el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, estableciendo los principios, normas y procedimientos que aplican al proceso de modernización de la gestión pública, en concordancia con la citada ley. Cuarto. Que, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2018- PCM/SGP, la Secretaría de Gestión Pública, en su calidad de órgano rector del proceso de Modernización de la Gestión Pública, ha emitido la Norma Técnica Nº 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública, que constituye herramienta de gestión que contribuye con el cumplimiento de los objetivos institucionales y en consecuencia genera un impacto positivo en el bienestar de los ciudadanos; estableciendo disposiciones técnicas para la implementación de la gestión por procesos a través del marco metodológico y su desarrollo. Quinto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 091-2019-CE-PJ, de fecha 20 de febrero del 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el documento denominado "Sistema de Gestión Documental - SGD para el Poder Judicial" que tiene como objetivos: (i) Mejorar y optimizar la gestión documentaria del Poder Judicial, a través de la transformación digital del trámite documentario;

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