Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2019 (11/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 11 de junio de 2019

NORMAS LEGALES
· Mariela Ruelas Velarde · Doris Petrona Luna Laura

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Artículo Vigésimo Sexto.- Nombrar a la abogada Lisset Doraliza Velásquez Porras, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lambayeque, con retención de su cargo de carrera. Artículo Vigésimo Séptimo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lambayeque, con reserva de sus plazas de origen, a los siguientes abogados: · Juana Maribel Rivera Ortega · Guillermo Franklin Olivera Samamé Artículo Vigésimo Octavo.- Nombrar a la abogada Sofía Margarita López Vílchez, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de La Libertad, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de La Libertad, con retención de su cargo de carrera. Artículo Vigésimo Noveno.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de La Libertad, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de La Libertad, con reserva de sus plazas de origen, a los siguientes abogados: · Sergio Gustavo Sánchez Zavaleta · Bruno William Paredes Cisneros Artículo Trigésimo.- Nombrar al abogado Juan Carlos Ramírez Lazo, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Loreto, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Loreto, con retención de su cargo de carrera. Artículo Trigésimo Primero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Loreto, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Loreto, con reserva de sus plazas de origen, a los siguientes abogados: · Willer Antonio Vela Huanuiri · Gustavo Manuel Romero Dávila Artículo Trigésimo Segundo.- Nombrar a la abogada Roxana Jennifer Fernández Córdova, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Piura, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Piura, con competencia territorial en todo el Distrito Fiscal y en el Distrito Fiscal de Sullana, con retención de su cargo de carrera. Artículo Trigésimo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Piura, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Piura, con competencia territorial en todo el Distrito Fiscal y en el Distrito Fiscal de Sullana, con reserva de sus plazas de origen, a los siguientes abogados: · Rocmy José Castro Jiménez · Duthley Julissa Peña Gasco Artículo Trigésimo Cuarto.- Nombrar al abogado Héctor Reynaldo Huacasi Llavilla, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Puno, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Puno, con retención de su cargo de carrera. Artículo Trigésimo Quinto.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales Transitorias del Distrito Fiscal de Puno, designándolas en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Puno, con reserva de sus plazas de origen, a las siguientes abogadas:

Artículo Trigésimo Sexto.- Nombrar al abogado Danfert Yoplac Torres, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal Del Santa, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio del Santa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Trigésimo Séptimo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal Del Santa, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio del Santa, con reserva de sus plazas de origen, a los siguientes abogados: · Ricardo Daniel Leiva Silva · Sophie Pamela Huamán León Artículo Trigésimo Octavo.- Nombrar a la abogada Ritsy Marianella Supo García, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Tacna, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tacna, con competencia territorial en todo el Distrito Fiscal y en el Distrito Fiscal de Moquegua, con retención de su cargo de carrera. Artículo Trigésimo Noveno.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Tacna, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tacna, con competencia territorial en todo el Distrito Fiscal y en el Distrito Fiscal de Moquegua, con reserva de sus plazas de origen, a los siguientes abogados: · Carlos Martín Aquino Pineda · Emyl Dagir Quispe De La Sota Artículo Cuadragésimo.- Dejar sin efecto las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2015-MPFN, Nº 2922-2015-MP-FN, Nº 2926-2015-MPFN, Nº 4692-2015-MP-FN, Nº 2115-2016-MPFN, Nº 920-2017-MP-FN, Nº 1532-2017-MP-FN y Nº 864-2018-MP-FN en el extremo que designan Fiscalías Provinciales y Superiores para conocer los casos de pérdida de dominio (actual extinción de dominio) en cada Distrito Fiscal. Artículo Cuadragésimo Primero.- Disponer que las Fiscalías Provinciales Penales a nivel nacional, que en sus casos penales en trámite hayan identificado la existencia de bienes que constituyan objeto, instrumento, efectos o ganancias de actividades ilícitas, deberán informar en el plazo de quince días a la Fiscalía Transitoria de Extinción de Dominio cuya competencia territorial se extienda al distrito fiscal al que pertenecen, según las competencias de las Fiscalías creadas en la presente resolución; con excepción de aquellos casos que se adecuen al artículo 10.3. del Decreto Supremo Nº 007-2019-JUS, los cuales deberán informar a las Fiscalías Provinciales Transitorias de Extinción de Dominio de Lima. Artículo Cuadragésimo Segundo.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash, Apurímac, Arequipa, Cusco, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Piura, Puno, Santa y Tacna, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literales "g", "t" y "v" del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF 2018, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, con el propósito de que disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuadragésimo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash, Apurímac, Arequipa, Cusco, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Piura, Puno, Santa y Tacna, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado

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