Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2019 (11/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de junio de 2019 /

El Peruano

01 Fiscal Provincial (plaza existente) 02 Fiscales Adjuntos Provinciales (plazas existentes) Con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Callao, Ventanilla, Huaura, Cañete e Ica. · 6° Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima. 01 Fiscal Provincial (plaza existente) 02 Fiscales Adjuntos Provinciales (plazas existentes) Con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Callao, Ventanilla, Huaura, Cañete e Ica. Distrito Fiscal de Loreto · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Loreto. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Distrito Fiscal de Madre de Dios · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Madre de Dios. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Distrito Fiscal de Piura · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Piura. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Piura y Sullana. Distrito Fiscal de Puno · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Puno. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Distrito Fiscal del Santa · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio del Santa. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Distrito Fiscal de Tacna · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tacna. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Tacna y Moquegua. Distrito Fiscal de Tumbes · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tumbes. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Distrito Fiscal de Ucayali · Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ucayali. 01 Fiscal Provincial 02 Fiscales Adjuntos Provinciales Artículo Segundo.- Facultar a la señora Fiscal de la Nación la distribución, redistribución y/o conversión de las plazas fiscales de las fiscalías creadas en el primer artículo de la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio. Artículo Tercero.- Precísese que las plazas de fiscales señaladas en el artículo precedente no deberán ser convocadas a Concurso Público por la Junta Nacional de Justicia. Artículo Cuarto.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, para que dispongan las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literal f) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio

Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional; Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1777923-1

Crean despachos fiscales transitorios, plazas de fiscales supremos, superiores, adjuntos superiores y provinciales; y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 063-2019-MP-FN-JFS Lima, 7 de junio de 2019 VISTOS: Oficio N° 227-2019-MP-FN cursado por la Señora Fiscal de la Nación, doctora Zoraida Ávalos Rivera, mediante el cual solicita la creación de despachos y plazas fiscales para el fortalecimiento de Fiscalías a nivel nacional; CONSIDERANDO: Mediante informe N° 000146-2019-MP-FN-GGOGPLAP de fecha 15 de mayo de 2019, cursado por la Gerente (e) de la Oficina de Planificación y Presupuesto, hace de conocimiento que se sustentó la necesidad de contar con fiscales, bienes, servicios y adquisición de activos para las Fiscalías a nivel nacional, precisando que con tal motivo mediante Decreto Supremo N° 1502019-EF, se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, por la suma total de S/ 32 005 850.00 soles a favor del Ministerio Público, para financiar la creación de nuevos despachos y plazas fiscales así como también para el fortalecimiento de las fiscalías a nivel nacional. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1027-2019-MP-FN de fecha 15 de mayo de 2019, se aprobó la desagregación de la transferencia de partidas autorizada por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 1502019-EF. En ese sentido, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N° 5560, adoptado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 06 de junio de 2019, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, acordó crear la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos; una (01) Fiscalía Superior Especializada contra el Crimen Organizado; cinco (05) Fiscalías Provinciales Especializadas contra el Crimen Organizado; seis (06) Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Lavado de Activos; cuatro (04) Fiscalías Provinciales Penales de La Victoria; seis (06) Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito, todas con carácter transitorio. Asimismo, acordó crear una (01) plaza de Fiscal Supremo Provisional, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Supremo, tres (03) plazas de Fiscales Superiores, veintinueve (29) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, veintitrés (23)

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