Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2019 (19/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 19 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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DEBE DECIR: "1.12 Inclúyese en el Literal B del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias:
PARTIDAS ARANCELARIAS 2203.00.00.00 Cervezas. PRODUCTOS SOLES 2,25 por litro

2403.99.00.00 Sólo: Tabaco o tabaco reconstituido, 0,27 por concebido para ser inhalado por unidad" calentamiento sin combustión.

1780486-1

mencionada concesión definitiva y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE:

ENERGIA Y MINAS
Aprueban primera modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión cuyo titular es MARCOBRE S.A.C., y aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 526-2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2019-MEM/DM Lima, 3 de junio de 2019 VISTOS: El Expediente N° 14386218 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. Mina Justa ­ S.E. Terminal Multiboyas; la solicitud de primera modificación de la mencionada concesión definitiva, presentada por MARCOBRE S.A.C. (en adelante, MARCOBRE); y, los Informes N° 231-2019MEM/DGE-DCE y N° 538-2019-MEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 454-2018MEM/DM, publicada el 15 de noviembre de 2018, se otorga a favor de MARCOBRE la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. Mina Justa ­ S.E. Terminal Multiboyas (en adelante el Proyecto), ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, aprobándose el Contrato de Concesión N° 526-2018 (en adelante el CONTRATO); Que, mediante el documento con registro N° 2904396 de fecha 28 de febrero de 2019, complementada con el documento con Registro N° 2909464 de fecha 15 de marzo de 2019, MARCOBRE solicita la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el Proyecto, a fin de variar el trazo de ruta entre los vértices V182C y V194C, y de esta manera evitar interferencia con las actividades futuras, tanto de Shougang Hierro Perú S.A.A. como del Mega Puerto de Marcona; Que, mediante los Informes N° 231-2019-MEM/ DGE-DCE y N° 538-2019-MEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la primera modificación de la

Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. Mina Justa ­ S.E. Terminal Multiboyas, cuyo titular es MARCOBRE S.A.C., así como aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 526-2018, a fin de modificar el numeral 1.3 de la Cláusula Primera y los literales d) y f) del numeral 2.1 del Anexo N° 2, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 526-2018 y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 5262018 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de MARCOBRE S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1775945-1

Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Piura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2019-MINEM/DM Lima, 17 de junio de 2019 VISTOS: El expediente 2927104, el Informe N° 4072019-MEM/DGFM, emitido por la Dirección General de Formalización Minera, el Informe N° 060-2019/MEMOGPP/OPRE, de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 583-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias

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