Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2019 (19/06/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano / Miércoles 19 de junio de 2019
NORMAS LEGALES
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DEBE DECIR: "1.12 Inclúyese en el Literal B del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias:
PARTIDAS ARANCELARIAS 2203.00.00.00 Cervezas. PRODUCTOS SOLES 2,25 por litro
2403.99.00.00 Sólo: Tabaco o tabaco reconstituido, 0,27 por concebido para ser inhalado por unidad" calentamiento sin combustión.
1780486-1
mencionada concesión definitiva y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE:
ENERGIA Y MINAS
Aprueban primera modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión cuyo titular es MARCOBRE S.A.C., y aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 526-2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2019-MEM/DM Lima, 3 de junio de 2019 VISTOS: El Expediente N° 14386218 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. Mina Justa S.E. Terminal Multiboyas; la solicitud de primera modificación de la mencionada concesión definitiva, presentada por MARCOBRE S.A.C. (en adelante, MARCOBRE); y, los Informes N° 231-2019MEM/DGE-DCE y N° 538-2019-MEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 454-2018MEM/DM, publicada el 15 de noviembre de 2018, se otorga a favor de MARCOBRE la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. Mina Justa S.E. Terminal Multiboyas (en adelante el Proyecto), ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, aprobándose el Contrato de Concesión N° 526-2018 (en adelante el CONTRATO); Que, mediante el documento con registro N° 2904396 de fecha 28 de febrero de 2019, complementada con el documento con Registro N° 2909464 de fecha 15 de marzo de 2019, MARCOBRE solicita la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el Proyecto, a fin de variar el trazo de ruta entre los vértices V182C y V194C, y de esta manera evitar interferencia con las actividades futuras, tanto de Shougang Hierro Perú S.A.A. como del Mega Puerto de Marcona; Que, mediante los Informes N° 231-2019-MEM/ DGE-DCE y N° 538-2019-MEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la primera modificación de la
Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 22,9 kV S.E. Mina Justa S.E. Terminal Multiboyas, cuyo titular es MARCOBRE S.A.C., así como aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 526-2018, a fin de modificar el numeral 1.3 de la Cláusula Primera y los literales d) y f) del numeral 2.1 del Anexo N° 2, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 526-2018 y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 5262018 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de MARCOBRE S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1775945-1
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Piura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2019-MINEM/DM Lima, 17 de junio de 2019 VISTOS: El expediente 2927104, el Informe N° 4072019-MEM/DGFM, emitido por la Dirección General de Formalización Minera, el Informe N° 060-2019/MEMOGPP/OPRE, de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 583-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias