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28 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de junio de 2019 / El Peruano suyo y remite el Informe Nº 273-2019-MTC/09.03 de su O fi cina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable y propone el proyecto de resolución ministerial que aprueba una transferencia fi nanciera, hasta por la suma de S/ 3 717 136,00 (TRES MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A., señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria en el Año Fiscal 2019, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para ser destinados a los fi nes derivados del convenio de colaboración interinstitucional suscrito entre la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. y el Proyecto Especial; Que, es necesario aprobar una transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el Año Fiscal 2019, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el Año Fiscal 2019, a favor de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A., hasta por la suma de S/ 3 717 136,00 (TRES MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada a los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto asignado al pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 5-2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1782684-1Aprueban texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 43 denominada “Mantenimiento” - Nueva Edición - Enmienda 2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 455-2019-MTC/12 Lima, 12 de junio del 2019 VISTO: El informe N° 0198-2019-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modi fi car las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP, conforme lo señala el literal c) del artículo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC; Que, mediante Resolución Directoral N° 752-2017- MTC/12, del 14 de noviembre de 2017, se aprobó el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 43 “Mantenimiento” Nueva Edición, en su Enmienda 1; Que, en el proceso continuo de elaboración normativa que desarrolla la Dirección General de Aeronáutica Civil y en cumplimiento del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, mediante la Resolución Directoral N° 294-2019-MTC/12, del 16 de abril de 2019, fue aprobada la difusión a través de la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del proyecto de modi fi cación de la RAP 43, con la fi nalidad de generar la Nueva Edición - Enmienda 2; Que, durante el período de difusión han sido recibidos comentarios que han sido analizados y recogidos en su caso, habiéndose cumplido con el procedimiento de elaboración normativa, siendo procedente expedir el acto que apruebe el texto de modi fi cación de la RAP 43; Que, el texto de la modi fi cación de la RAP 43 cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Certi fi caciones y Autorizaciones, la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Asesoría Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 1035- 2019-MTC/12.07, Nº 1318-2019-MTC/12.04 y N° 912-2019- MTC/12.LEG, respectivamente; y la opinión favorable de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, otorgada con el Informe N° 0198-2019-MTC/12.08; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y estando a lo opinado por la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el texto de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 43 denominada “Mantenimiento” – Nueva Edición - Enmienda 2, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto los textos anteriores de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 43, materia de la modi fi cación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil Dirección General de Aeronáutica Civil Regulaciones Aeronáuticas del Perú RAP 43 Mantenimiento Nueva Edición Enmienda 2 Referencia: Anexo 8 (OACI) - Aeronavegabilidad (Duodécima Edición- Enmienda 106)LAR 43 (Primera Edición – enmienda N°4)