Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2019 (03/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

4

NORMAS LEGALES

Domingo 3 de marzo de 2019 /

El Peruano

fin de consolidar el crecimiento y la prosperidad de las Economías de la cuenca del Océano Pacífico, que trata temas relacionados con el intercambio comercial, coordinación económica y cooperación; Que, el Grupo de Trabajo sobre Telecomunicaciones e Información (TEL) del APEC está comprometido en la mejora de la infraestructura y servicios de TIC en la región y promueve el desarrollo de políticas y regulaciones de TIC efectivas. También está orientado a mejorar el desarrollo económico y social mediante el uso efectivo de las TIC, en un ambiente seguro, resiliente y confiable; Que, durante la 59° Reunión del TEL, se llevarán a cabo mesas redondas, reuniones de los grupos de trabajo y sesiones plenarias, donde se tratarán aspectos relacionados con la expansión de las redes de banda ancha, el despliegue de tecnologías avanzadas de Internet, Ciudades Inteligentes sostenibles, Economía Digital, mejora del acceso para las comunidades rurales, entre otros, que resultan de interés para el trabajo normativo y regulatorio que realiza el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, el OSIPTEL participará en la mesa redonda regulatoria denominada "El rol de la política de competencia en el fomento de la infraestructura para reducir la brecha digital", donde se discutirá sobre el rol del Estado y de los Reguladores en la nueva economía digital, el papel de la inversión pública y las Asociaciones Público-Privadas, las políticas de competencia para el despliegue de infraestructura digital y los modelos de competencia para promover el despliegue de infraestructura digital; Que, es de interés institucional dar seguimiento a la agenda antes descrita, por lo que resulta necesario autorizar la participación en la referida reunión de la señorita Claudia Roxana Barriga Choy, Subgerente de Evaluación y Políticas de Competencia de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; Que, los gastos de pasajes aéreos en tarifa económica y viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Claudia Roxana Barriga Choy, Subgerente de Evaluación y Políticas de Competencia de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 3 al 7 de marzo de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos (1 + 3 x US$ 370.00) US$ 949.99 US$ 1,480.00

Artículo 4°.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1745875-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de servidora a Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0079-2019-MINAGRI Lima, 1 de marzo de 2019 VISTOS: El Oficio N° 0067-2019-MINAGRI-SENASA, del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria y el Informe Legal N° 268-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico, de fecha 20 de diciembre de 2018, la señora Stephanie Bloem, Directora Ejecutiva de la Organización Norteamericana de Protección a las Plantas­NAPPO (por sus siglas en ingles), cursa invitación al señor Ernesto Galliani Granada, en su condición de Presidente del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur­COSAVE y a un experto fitosanitario en semillas de cada una de las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria­ ONPF, que integran el COSAVE­Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay­así como a un miembro de la Asociación de Semilleros en cada país miembro del COSAVE, para participar en el Taller de Implementación de la NIMF 381, sobre el Movimiento Internacional de Semillas, centrado en las Américas, que tendrá lugar en la oficina principal del Instituto Interamericano de Cooperación en Agricultura­IICA, del 5 al 7 de marzo de 2019, en la ciudad de San José, República de Costa Rica; Que, la citada Directora Ejecutiva de la NAPPO, señala que "El taller se ha diseñado específicamente para abordar la orientación presentada en la NIMF 38­con el fin de «identificar, evaluar y manejar los riesgos de plagas relacionados con el movimiento internacional de semillas» y brindará oportunidades de armonización para Norteamérica y los países más cercanos con los cuales mantiene relaciones comerciales. Las áreas claves que se han de abarcar son la orientación acerca de los procedimientos para establecer requisitos fitosanitarios de importación con el fin de facilitar el movimiento internacional de semillas, las directrices sobre inspección, el muestreo y las pruebas de semillas y las directrices sobre la certificación fitosanitaria de semillas para exportación y reexportación"; Que, asimismo, "La nueva NIMF sobre el Movimiento internacional de semillas describe las medidas fitosanitarias más específicas relativas al movimiento de semillas. Los países tienen varias opciones en el momento de definir las medidas fitosanitarias para semillas. Las medidas podrán ser definidas y aplicadas solas o en forma combinada con miras a manejar el nivel de riesgo de plagas (...)"2; Que, al respecto, el Informe N° 0007-2019-MINAGRISENASA-DSV-MPACHECO, expedido por el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria­SENASA, señala que las

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.