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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2019 (27/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2019 / El Peruano SE RESUELVE: Primero.- APROBAR la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad del Pací fi co y RECONOCER la creación del programa de estudio de “Maestría en Gestión”, a impartirse en su local (SL02) ubicado en Jirón Sánchez Cerro N° 2101-2121, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; sumándose a la oferta del servicio educativo superior universitario reconocida en la Resolución del Consejo Directivo N° 030-2016-SUNEDU/CD del 25 de julio de 2016, mediante la cual se otorgó la licencia institucional, según el detalle de la Tabla N° 01. TABLA N° 01 N°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMAGRADO ACADÉMICODENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICOCÓDIGO DE LOCAL 1MAESTRÍA EN GESTIÓNMAESTRO MAGÍSTER EN GESTIÓN SL02 Segundo.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe técnico de modi fi cación de licencia N° 009-2019-SUNEDU-DILIC-EV a la Universidad del Pací fi co, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria- Sunedu (www.sunedu.gob.pe) y la publicación del Informe técnico de modi fi cación de licencia N° 009-2019-SUNEDU-DILIC-EV, en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1753986-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Dictan medidas para que las comunicaciones a las Cortes Superiores de Justicia de las resoluciones expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se efectúen a través de correos electrónicos institucionales, con las excepciones de ley Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 024-2019-P-CE-PJ Lima, 25 de marzo de 2019CONSIDERANDO:Primero. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia; y para que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial, se desempeñen con la mejor conducta funcional. Segundo. Que, en este sentido, teniendo en cuenta los avances de la tecnología, este Órgano de Gobierno con el fi n de contribuir con la celeridad en los trámites administrativos; así como establecer que los servicios que presta este Poder del Estado se realicen de manera rápida y segura, al contar todas las Cortes Superiores de Justicia con sistema de cómputo y correo institucional, es menester dictar las medidas pertinentes para que las comunicaciones a las Cortes Superiores se efectúe a través del correo electrónico institucional; con las excepciones de ley. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que, a partir del uno de abril del presente año, las resoluciones expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial serán comunicadas a las Cortes Superiores de Justicia, mediante correo electrónico institucional; con excepción de las resoluciones fi nales emitidas en los procedimientos administrativos disciplinarios y en segunda instancia administrativa. Artículo Segundo.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, en el día, remitirán o ratifi carán el correo institucional respectivo. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de Cortes Superiores de Justicia del país, O fi cina de Control de la Magistratura, Equipos Técnicos, Programas Presupuestales y Comisiones de Trabajo del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1753856-5 Aprueban desconcentración de la función relativa a emitir certificados y/o constancias de trabajo y cartas de presentación a las embajadas, en las Oficinas de Administración de las Cortes Superiores de Justicia aún no constituidas en Unidades Ejecutoras RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 088-2019-CE-PJ Lima, 20 de febrero de 2019VISTOS:El O fi cio N° 179-2019-GG-PJ, del Gerente General del Poder Judicial; y el Informe N° 10-2019-GRHB-GG-PJ, emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar. CONSIDERANDO: Primero. Que, en aras de simpli fi car y optimizar los procedimientos administrativos en favor de los administrados, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece fi guras jurídicas administrativas como la delegación de fi rma y la desconcentración, entre otras, que permite a los órganos de dirección delegar o desconcentrar la titularidad y el ejercicio de sus competencias en los órganos administrativos subalternos o desconcentrados, a fi n de asegurar la correcta y oportuna atención de los requerimientos planteados por los administrados. Segundo. Que, el inciso 81.1 del artículo 81°de la referida ley, establece que los titulares de los