Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2019 (04/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 4 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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VISTOS: El Memorando N° 892-2019-MTC/09 y el Informe N° 0046-2019-MTC/09.01 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Planeamiento y Cooperación Técnica respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como función de los ministerios formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, por Ley Nº 29370 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del mismo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el punto 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad determina las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), crea al CEPLAN como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD se modifica la Guía para el Planeamiento Institucional que establece las pautas para el planeamiento institucional, que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD se modifica la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional y establece el 30 de abril como plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno; Que, con Resolución Ministerial Nº 284-2019-MTC/01, se aprobó la Actualización de metas al 2022 del Plan Estratégico Sectorial Multianual ­ PESEM del Sector Transportes y Comunicaciones y del Plan Estratégico Institucional ­ PEI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante los documentos de Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, atendiendo a lo expuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con el visado de los Despachos Viceministerial de Comunicaciones, Viceministerial de Transportes, la Oficina General de Asesoría Jurídica, y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1088 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018-CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2018-CEPLANPCD;

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución y comprende a las siguientes Unidades Ejecutoras: 001: Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ Administración General. 007: Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL. 010: Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO. 011: Programa Nacional de Telecomunicaciones PRONATEL. 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transportes Masivo de Lima y Callao. Artículo 2.- Las unidades orgánicas y unidades ejecutoras son responsables de la ejecución de las actividades operativas del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto el monitoreo, seguimiento y evaluación de la implementación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob. pe/mtc), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1766279-1

Otorgan a YOFC Perú S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2019 MTC/01.03 Lima, 3 de mayo de 2019 VISTA, la solicitud presentada con escrito de registro N° T-046260-2019 por la empresa YOFC PERU S.A.C., sobre otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el primer servicio a prestar será el servicio portador local en la modalidad conmutado y no conmutado; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley N° 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, señala "Llámase concesión al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector";

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