Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2019 (04/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 4 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Los procesos contenciosos administrativos que se inicien a partir de la vigencia de esta Ley se tramitan conforme a sus disposiciones. (Texto según la sección de las Disposiciones Finales de la Ley N° 27584) DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modifíquese el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979, en los términos siguientes: "Además del Ejecutor podrá disponer la suspensión del procedimiento el Poder Judicial, sólo cuando dentro de un proceso de amparo o contencioso administrativo, exista medida cautelar". (Texto según la sección de la Disposición Modificatoria de la Ley N° 27584) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Primera.- A partir de la vigencia de la presente Ley, quedan derogados: 1. Los artículos 540 al 545 del Subcapítulo Seis del Título II de la Sección Quinta del Código Procesal Civil promulgado por Decreto Legislativo Nº 768. 2. Los artículos 79 al 87 del Título III de la Sección Sétima de la Ley Procesal de Trabajo Nº 26636. 3. Los artículos 157 al 161 del Título IV del Libro Tercero del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus normas modificatorias. 4. El artículo 157 del Capítulo XV del Título Duodécimo del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM. 5. Los artículos 9 y 10 del Capítulo II y la Décima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Texto Único Ordenado del Régimen Pensionario del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-98-EF. 6. El primer párrafo del artículo 17 del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 807. 7. La Tercera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26981. 8. El artículo 370 de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; 9. Todas las demás disposiciones legales que se opongan a la presente Ley, cualquiera sea su especialidad. (Texto según el artículo 2 de la Ley N° 27684. Esta disposición se refiere a la vigencia de la Ley N° 27584. De conformidad con el artículo 5 de la Ley N° 27684, la Ley N° 27584 entró en vigencia a partir del 15 de abril de 2002) Segunda.- Déjense sin efecto todas las disposiciones administrativas incompatibles con la presente Ley. (Texto según la sección de las Disposiciones Derogatorias de la Ley N° 27584) 1766381-1

Nº 1075-2019-JUS/OGPM-OPRE de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 477-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito ­ UNODC, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, invita a participar en la Conferencia Regional Anticorrupción para América del Sur y México a realizarse del 06 al 10 de mayo de 2019, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, dicha conferencia tendrá como ejes temáticos i) el Sistema de Integridad y Declaración Jurada de Interés y ii) protección al denunciante y gestión de denuncias por actos de corrupción; y, se solicita la participación de nuestra institución en el segundo de ellos; Que, el citado evento, es auspiciado por el Fondo de Prosperidad del Reino Unido, el Gobierno de Colombia y la UNODC, con la finalidad de generar un espacio de intercambio de conocimientos, experiencias y buenas prácticas entre los Estados parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, así como identificar las necesidades de asistencia técnica en la implementación de este instrumento internacional y generar aportes para la creación de redes y plataformas regionales que fortalezcan la aplicación de la Convención; Que, se propone la participación de la señora María Elisa Noaín Moreno, Jefa de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el citado evento; Que, los gastos de viaje inherentes a la conferencia como los pasajes; y, los gastos de alimentación, hospedaje y traslados de los días 05 y 06 de mayo serán cubiertos por la UNODC; mientras que los gastos de alimentación, hospedaje y traslados de los días 07, 08 y 09 de mayo serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, considera que la participación de la servidora designada es de interés institucional, toda vez que se vincula con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM (2019-2023) y del Plan Estratégico Institucional PEI (2019-2022) en materia de lucha contra la corrupción; Que, en dicho marco, resulta conveniente la participación de la señora María Elisa Noaín Moreno, Jefa de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; siendo que, por razones de itinerario, corresponde autorizar el viaje del 05 al 11 de mayo de 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 0132017-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora María Elisa Noaín Moreno, Jefa de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, durante el periodo comprendido entre el 05 al 11 de mayo de 2019, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:

Autorizan viaje de Jefa de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0169-2019-JUS Lima, 2 de mayo de 2019 VISTOS; la Carta de fecha 25 de marzo de 2019, de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito; el Oficio Nº D000222-2019-PCM-SIP, de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Informe Nº 164-2019-JUS/OGPM y el Oficio

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