Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2019 (04/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de mayo de 2019 /

El Peruano

María Elisa Noaín Moreno, Jefa de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción Viáticos x 4 días US$ 1,480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación de los viajes, la servidora citada en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1765959-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0170-2019-JUS Lima, 2 de mayo de 2019 VISTOS, el Oficio N° 273-2019-UE-PMSAJMINJUS, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia (PMSAJ) - Primera Etapa; el Informe N° 161-2019-JUS/ OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 460-2019JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30879, aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y por Resolución Ministerial N° 0540-2018-JUS se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2019, a nivel de Unidad Ejecutora y Fuentes de Financiamiento, por la suma de S/ 463 818 315,00 (Cuatrocientos Sesenta y Tres Millones Ochocientos Dieciocho Mil Trescientos Quince con 00/100 Soles); Que, la Ley N° 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprueba entre otros, los montos máximos y destinos generales de las operaciones de endeudamiento externo que puede acordar el Gobierno Nacional para el sector público durante el Año Fiscal 2019; Que, mediante Decreto Supremo N° 248-2011-EF, se aprobó una Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de US$ 26 000 000,00 (Veintiséis Millones con 00/100 Dólares Americanos) destinada a financiar parcialmente la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa", a ser ejecutado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; autorizándose al Ministerio de Economía y Finanzas, la suscripción de un Contrato de Préstamo, a mérito del cual se formalizó el Contrato de Préstamo N° 2534/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de fecha 09 de enero de 2012; Que, el artículo 3 del acotado Decreto Supremo señala que la Unidad Ejecutora de la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) Primera Etapa" será el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), que actuará por intermedio de la Unidad Ejecutora del Programa (UE-PMSAJ-

MINJUSDH), y el Poder Judicial (PJ), que actuará por intermedio de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el PJ (UCP-PMSAJ-PJ) que a su vez contará con el apoyo de la Unidad Ejecutora N° 2: Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ); Que, con Resolución Ministerial N° 0030-2012-JUS, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora N° 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (UE-PMSAJ-MINJUSDH); Que, el numeral 4.02 de la Cláusula Cuarta del Anexo Único del Contrato de Préstamo N° 2534/OCPE, establece que la UE-PMSAJ-MINJUS realizará las transferencias financieras a la Unidad Coordinadora de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ) de los recursos necesarios según la programación descrita en los Planes Operativos Anuales (POA), quedando la UE-002-PJ y la Unidad Coordinadora del Programa en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ) obligadas a realizar los reportes de las transacciones financieras y de contrataciones y adquisiciones, de conformidad con las políticas del Banco y las normas nacionales; Que, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2534/OC-PE, con fecha 06 de julio 2012, se suscribió el Convenio Específico de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Poder Judicial; estableciéndose en la Cláusula Quinta que los recursos que se indican en la Cláusula Cuarta -provenientes de la fuente de financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito" - serán transferidos por el MINJUSDH al Poder Judicial de acuerdo al Plan de Desembolsos que estará contenido en el Plan de Ejecución y el Plan Operativo Anual del PROGRAMA, previa emisión de la norma que autoriza la citada transferencia; Que, mediante Oficio N° 131-2019-OCP-PJ, el Jefe de la Oficina de Coordinación de Proyectos Unidad Ejecutora N° 002 del Poder Judicial envía a la Directora Ejecutiva del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia (PMSAJ) - Primera Etapa, la solicitud del saldo para la transferencia financiera, con cargo al desembolso de recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID; Que, con el Oficio N° 273-2019-UE-PMSAJ-MINJUS, la Directora Ejecutiva del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia (PMSAJ) Primera Etapa adjunta al expediente la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000112 de fecha 16 de abril del 2019, por un monto de S/ 268 526,00 (Doscientos Sesenta y Ocho Mil Quinientos Veintiséis con 00/100 Soles) que justifica la modificación presupuestal a fin de habilitar recursos para realizar la Trasferencia Financiera solicitada; Que, mediante el Informe N° 161-2019-JUS/ OGPM-OPRE, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos, informa que ha verificado la documentación remitida por la Directora Ejecutiva del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa", comprobándose que la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000112 por un monto de S/ 268 526,00 (Doscientos Sesenta y Ocho Mil Quinientos Veintiséis con 00/100 Soles) sustenta el crédito presupuestario para realizar el segundo tramo de la Trasferencia Financiera solicitada; Que, el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza la realización, de manera excepcional, de las transferencias financieras que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normativa vigente; Que, el numeral 16.2 del mismo dispositivo legal, establece que las citadas transferencias se realicen, en el caso de la entidad del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego; Con el visado de la Dirección Ejecutiva del Programa

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