Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2019 (10/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 10 de mayo de 2019
CURSO VI Congreso Latinoamericano de Economía y Banca ORGANIZA FELABAN LUGAR

NORMAS LEGALES
FECHA

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Quito 13 y 14 de Ecuador septiembre de 2018

Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación de ALEJANDRO FRISANCHO BACA ­ Regidor de la Municipalidad Provincial del Cusco, en el evento antes referido; debiendo además, otorgársele licencia del 11 al 16 de septiembre de 2018. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos que irrogue la participación del miembro del Concejo Municipal en el evento académico referido, será cubiertos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC CUSCO S.A. Artículo Cuarto.- DISPONER, a las instancias administrativas de la Entidad tomen las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058­04­MC, de fecha 14 de junio de 2004, los citados Miembros del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberán emitir informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; debiendo además, efectuar la rendición de los gastos irrogados dentro del plazo establecido por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1726065-1

Aprueban la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en la trigésima versión de la Feria Internacional de Turismo FESTURIS Brasil 2018 y autorizan la participación de regidores en la referida feria
(Se publica el Acuerdo de Concejo de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial del Cusco, mediante Of. Nº 159-2019-SG/MPC, regularizado el 0805-2019) ACUERDO MUNICIPAL Nº 163-2018-MPC Cusco, 26 de octubre de 2018 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 26 de octubre de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de

organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, mediante Carta Nº 475-EMUFEC-GG-2018, ingresado al Despacho de Alcaldía en fecha 27 de septiembre de 2018, el Gerente General (e) de la Empresa Municipal de Festejos del Cusco ­ EMUFEC S.A., por especial encargo del Directorio de dicha empresa, señala que EMUFEC conforme a sus nuevas proyecciones y políticas orientadas hacia su crecimiento estratégico, así como estando a lo previsto en su Plan Operativo Institucional del presente año, que prevé la participación en ferias nacionales e internacionales de Turismo y estando al Convenio con la empresa LATAM AIRLINES, aprobó la participación de EMUFEC S.A. en la trigésima versión de la Feria Internacional de Turismo FESTURIS Brasil 2018, en el Serra Park Gramado del 08 al 11 de noviembre de 2018, trascedente evento que tendrá lugar en una extensión de 22 mil metros cuadrados, convocando la participación de cerca de 2 mil marcas en más de 400 stands de exposición, 10 mil profesionales procedentes de los cinco continentes para impulsar, capacitar, promover y divulgar las marcas y empresa participantes. (...). Precisando además, que conforme a lo acordado por el Directorio de EMUFEC S.A., en sesión de fecha 25 de septiembre de 2018, extiende la invitación para que dos integrantes del Concejo Municipal del Cusco acompañen del 06 al 11 de noviembre de 2018 a la delegación que presentará EMUFEC S.A. en dicho evento. (...); Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 26 de octubre de 2018, se agendó entre otros temas lo siguiente: Invitación de la Empresa Municipal de Festejos del Cusco ­ EMUFEC S.A., para participación de dos (02) integrantes del Concejo Municipal de la Entidad, en Feria Internacional de Turismo FESTURIS BRASIL 2018, (...); Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por MAYORIA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en la trigésima versión de la Feria Internacional de Turismo FESTURIS Brasil 2018, a realizarse del 08 al 11 de noviembre de 2018, invitado por el Directorio de la Empresa Municipal de Festejos del Cusco ­ EMUFEC S.A. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación de Aarón Luis Medina Cervantes y Crayla Alfaro Aucca ­ Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, en la citada feria; otorgándoles además, licencia del 06 al 13 de noviembre de 2018. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos que irrogue la participación de los miembros del Concejo Municipal en la feria antes referida, serán cubiertos por la Empresa Municipal de Festejos del Cusco ­ EMUFEC S.A. Artículo Cuarto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058­04­MC, de fecha 14 de junio de 2004, Aarón Luis Medina Cervantes y Crayla Alfaro Aucca ­ Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberán emitir informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1726066-1

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